
Primera pregunta clave: ¿eras realmente de confianza?
El análisis jurídico no debe centrarse en la denominación del cargo ni en la forma de designación, sino en las funciones efectivamente desempeñadas.
Si el servidor realizaba tareas como:
- Elaboración de informes
- Asesoramiento técnico o jurídico
- Ejecución de funciones operativas
- Apoyo a una autoridad sin poder decisorio
Entonces, conforme a la Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2, es probable que no se trate de un funcionario de confianza.
Este elemento es determinante para establecer si existe protección laboral.
Segunda pregunta: ¿tenías poder de decisión?
El criterio central para identificar a un funcionario de confianza es el ejercicio de poder dentro de la estructura institucional.
Un funcionario de confianza se caracteriza por:
- Adoptar decisiones relevantes
- Dirigir personal
- Representar a la institución
- Participar en la gestión estratégica
Si estas condiciones no estaban presentes, la desvinculación puede ser jurídicamente cuestionable.
Protección constitucional reforzada en ciertos casos
La Constitución Política del Estado reconoce situaciones de protección especial vinculadas al derecho al trabajo.
Entre ellas:
- Progenitores con hijos menores de un año
- Mujeres en estado de gestación
En estos supuestos, existe una garantía de inamovilidad laboral reforzada, que impide la desvinculación durante el periodo protegido y habilita el uso de mecanismos constitucionales de defensa.
Carga de la prueba: obligación de la entidad pública
La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 establece que la carga de demostrar la condición de funcionario de confianza corresponde a la entidad pública.
No es suficiente alegar que el cargo era de libre nombramiento. La institución debe acreditar:
- Las funciones efectivamente desempeñadas
- El nivel de decisión del servidor
- Su rol dentro de la estructura institucional
Si estos elementos no son probados, la desvinculación carece de sustento constitucional.
Análisis previo al despido: un requisito indispensable
Uno de los aspectos más relevantes desarrollados por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 es la necesidad de un análisis funcional previo a la desvinculación.
No es admisible asumir que un servidor es de confianza únicamente por su forma de designación. La ausencia de este análisis puede constituir una vulneración de derechos fundamentales.
Evaluación práctica del caso
Un despido podría considerarse ilegal cuando concurren varios de los siguientes elementos:
- Ausencia de funciones decisorias
- Falta de personal a cargo
- Desarrollo de tareas técnicas o de apoyo
- Inexistencia de justificación institucional
- Existencia de protección constitucional especial
Estos factores permiten identificar que el servidor no era de confianza y que debía gozar de estabilidad laboral.
Derechos que pueden reclamarse
Cuando se acredita la ilegalidad del despido, pueden activarse mecanismos de protección constitucional y reclamarse derechos como:
- Pago de salarios devengados
- Reconocimiento de beneficios laborales
- Asignaciones familiares
- Derechos vinculados a la seguridad social
La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 confirma que estos derechos pueden ser exigidos cuando no se acredita la condición de funcionario de confianza.
Error frecuente que limita el ejercicio de derechos
Un problema recurrente es que muchos servidores públicos no cuestionan su desvinculación, asumiendo que el libre nombramiento elimina cualquier posibilidad de reclamo. Esta percepción impide la activación de mecanismos legales que podrían restituir o reparar sus derechos.
En síntesis, un despido en el sector público puede ser ilegal cuando no se demuestra que el servidor ejercía funciones de confianza, cuando sus tareas eran de naturaleza técnica o cuando existía una protección constitucional especial vigente. La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 establece que el análisis debe centrarse en las funciones reales y no en la forma de designación, lo que permite cuestionar jurídicamente numerosas desvinculaciones.
Nuestro estudio jurídico brinda asesoramiento especializado en derecho laboral público. Si enfrenta una desvinculación o tiene dudas sobre la legalidad de su despido, le invitamos a contactarnos para evaluar su caso.
Preguntas frecuentes (FAQs)
¿El libre nombramiento permite el despido automático?
No. Es necesario analizar las funciones desempeñadas.
¿Qué define a un funcionario de confianza?
El ejercicio de funciones de decisión, dirección y representación institucional.
¿Puedo reclamar si mis funciones eran técnicas?
Sí. La jurisprudencia reconoce protección laboral en estos casos.
¿Quién debe probar que yo era de confianza?
La entidad pública que dispuso la desvinculación.
¿Qué puedo hacer si fui despedido injustificadamente?
Puede acudir a mecanismos legales o constitucionales para reclamar la vulneración de sus derechos.
- Constitución Política del Estado. (2009). Estado Plurinacional de Bolivia.
- Tribunal Constitucional Plurinacional. (2025). Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2.
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