Cómo el Estado evita pagar derechos laborales y por qué esto está cambiando

El problema estructural: una figura utilizada como excusa
En múltiples entidades públicas se ha consolidado un razonamiento simplificado:
- El cargo es de libre nombramiento.
- Depende de la autoridad.
- La confianza ha concluido.
A partir de ello, se ejecutan desvinculaciones inmediatas, sin análisis adicional. Este enfoque presenta un defecto esencial: confunde la forma de designación con la naturaleza de las funciones.
La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 cuestiona este razonamiento y exige un análisis material del trabajo desempeñado.
Interpretación incorrecta en la administración pública
Una práctica reiterada ha sido equiparar automáticamente:
- Libre nombramiento con cargo de confianza.
- Cargo de confianza con ausencia de derechos laborales.
Este esquema ha permitido la desvinculación de servidores sin evaluación de sus funciones reales. La jurisprudencia constitucional rechaza esta interpretación y establece que no todo funcionario de libre nombramiento puede ser considerado de confianza.
El criterio constitucional: primacía de la realidad
El eje central desarrollado por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 es el principio de primacía de la realidad.
Este principio implica que:
- La denominación del cargo no es determinante.
- La modalidad de designación no define la naturaleza del vínculo.
- Lo relevante son las funciones efectivamente desempeñadas.
Cuando un servidor realiza tareas como elaboración de informes, asesoramiento técnico o ejecución de instrucciones, sin poder de decisión ni representación institucional, no puede ser considerado funcionario de confianza.
Consecuencias del uso indebido del libre nombramiento
El uso incorrecto de esta figura ha generado efectos significativos en el ámbito laboral público:
- Pérdida de derechos laborales.
- Desvinculaciones sin control jurídico efectivo.
- Falta de reclamación por desconocimiento.
- Reducción de obligaciones económicas por parte del Estado.
Estas prácticas han configurado un problema estructural que afecta a numerosos servidores públicos.
Cambios introducidos por la jurisprudencia constitucional
La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 introduce un nuevo estándar jurídico que modifica el análisis tradicional.
Ruptura de la presunción automática
La simple afirmación de que un cargo es de libre nombramiento ya no es suficiente para justificar la desvinculación.
Exigencia de prueba
La entidad pública debe demostrar que el servidor ejercía funciones de confianza, acreditando su nivel de decisión, dirección o representación.
Protección del funcionario técnico
Cuando se verifica que el servidor desempeñaba funciones técnicas o de apoyo, se reconoce su derecho a la estabilidad laboral y a la protección constitucional.
Impacto práctico del nuevo criterio
El estándar establecido por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 permite:
- Revisar desvinculaciones anteriores.
- Cuestionar despidos realizados sin análisis funcional.
- Reclamar derechos laborales no reconocidos.
- Exigir una evaluación real de las funciones.
Este cambio refuerza el control jurídico sobre las decisiones administrativas y amplía la protección de los servidores públicos.
Sectores especialmente afectados
Los efectos de esta práctica han recaído principalmente sobre:
- Asesores.
- Técnicos.
- Consultores en línea.
- Personal de apoyo.
- Profesionales vinculados a órganos legislativos o administrativos.
Estos perfiles han sido frecuentemente clasificados como de confianza sin sustento en sus funciones reales.
Fundamento constitucional y estándares internacionales
El criterio desarrollado por la Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 se sustenta en los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado, particularmente el derecho al trabajo, la estabilidad laboral y el debido proceso.
Asimismo, se alinea con estándares internacionales de protección laboral promovidos por la Organización Internacional del Trabajo, que exigen que las relaciones laborales se analicen conforme a su realidad material.
En síntesis, el libre nombramiento no constituye una habilitación irrestricta para desvincular servidores públicos sin consecuencias jurídicas. La Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2 establece que la determinación de la naturaleza del cargo debe basarse en las funciones efectivamente desempeñadas, lo que permite identificar y cuestionar prácticas abusivas que han afectado derechos laborales en el sector público.
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Preguntas frecuentes (FAQs)
¿El libre nombramiento permite despedir sin justificación?
No. Debe analizarse la naturaleza de las funciones desempeñadas.
¿Todo funcionario de libre nombramiento es de confianza?
No. Es necesario verificar si existía poder de decisión o representación.
¿Qué ocurre si mis funciones eran técnicas?
Puede tener derecho a estabilidad laboral y a reclamar la vulneración de sus derechos.
¿Quién debe probar que el cargo era de confianza?
La entidad pública que dispuso la desvinculación.
¿Se pueden revisar despidos anteriores?
Sí. En determinados casos, es posible cuestionar desvinculaciones pasadas si se vulneraron derechos.
- Constitución Política del Estado. (2009). Estado Plurinacional de Bolivia.
- Tribunal Constitucional Plurinacional. (2025). Sentencia Constitucional Plurinacional 1146/2025-S2.
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