¿Qué libros deben llevar los comerciantes? - Rigoberto Paredes
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¿Qué libros deben llevar los comerciantes?

Los comerciantes según el Código de Comercio Boliviano, tienen la obligación de llevar al menos 3 tipos de libros comerciales:

  • Libro Diario: En este libro se deben registrar día por día y en orden progresivo las operaciones realizadas por la empresa o el comerciante. La finalidad es determinar de forma clara y precisa las cuentas deudoras y acreedoras, describiendo individualmente las operaciones, sus importes, las personas que intervienen y los documentos que la respalden. (Ref. Art. 37, 44 C.Co)
  • Libro Mayor: En este libro se trasladan las operaciones realizas en el libro diario pero con fechas, referencias e importes deudores o acreedores de cada una de las cuentas afectadas, con la operación. Su finalidad es mantener los saldos por cuentas individualizadas. (Ref. Art. 37, 44 C.Co)
  • Libro de Inventario y Balances: Este libro se abre con el inventario y balances iniciales, y según el ejercicio anual o semestral se podrá determinar un inventario final y un balance general. La finalidad de este libro es conocer la situación del patrimonio y las utilidades obtenidas, o las pérdidas sufridas durante el ejercicio de la actividad comercial. (Ref. Art. 37, 46 C.Co).

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