El reclamo administrativo tiene por finalidad la restitución de un derecho vulnerado a los usuarios y consumidores. Este reclamo tiene el siguiente procedimiento:
- Se presenta el reclamo de forma verbal o escrita a la Oficina del Consumidor (ODECO) de la empresa que provee el servicio o producto. Es decir, el reclamo puede ser por fax, teléfono, carta.Algunas empresas solicitan el llenado de un formulario de reclamo.
- Este reclamo puede ser presentado por el usuario, consumidor o de oficio en los 20 días siguientes al hecho ocurrido.
- Se le asigna a la persona un número de registro por el reclamo presentado.
- La empresa a quien se le reclama, en un plazo de 3 días debe emitir una resolución del reclamo por casos de corte o grave alteración del servicio. Y el plazo es de 15 días en el resto de los casos.
- La resolución de la empresa debe ser comunicada en los 5 días siguientes al usuario, consumidor o representante.
- Si la respuesta es favorable, la empresa tiene 20 días para resolver el problema y dar por concluido el reclamo.
- Si la empresa no cumple los plazos, no da una respuesta al problema o no cumple con la resolución emitida, entonces la persona afectada debe iniciar una reclamación administrativa ante la ODECO de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del rubro. Por ejemplo: la ATT para reclamos en servicios telefónicos.
- La ODECO de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del rubro podrá determinar el decomiso del producto o suspensión del servicio, retiro temporal del producto, prohibición de producción, distribución, comercialización, provisión o suministro del producto o servicio, retiro de la publicidad o información al usuario o consumidor, otorgación de garantías u otras medidas precautorias.