¿QUÉ SON LAS CRIPTOMONEDAS?
Tecnología Blockchain: La blockchain es una cadena de bloques, donde cada bloque contiene un conjunto de transacciones verificadas. Estos bloques están enlazados entre sí y son inmutables, es decir, una vez que se registra la información, no puede ser alterada. Cada bloque nuevo debe ser validado por una red de nodos (computadoras participantes) mediante un proceso de consenso, comúnmente conocido como minería.
Minería: La minería es el proceso mediante el cual las transacciones son verificadas y agregadas a la blockchain. Los mineros utilizan poder computacional para resolver complejos problemas matemáticos que permiten validar bloques de transacciones. Como recompensa, los mineros reciben una cantidad de la criptomoneda, incentivando así la participación y la seguridad de la red.
Transacciones: Las transacciones de criptomonedas se realizan directamente entre usuarios sin necesidad de intermediarios como bancos. Estas transacciones son públicas y registradas en la blockchain, pero las identidades de los usuarios suelen mantenerse anónimas mediante direcciones criptográficas. Una vez que una transacción es verificada y registrada en un bloque, es casi imposible de revertir, lo que proporciona seguridad contra fraudes. No obstante, se ha popularizado la creación de plataformas Exchange, en pro de tratar de respaldar que las transacciones con criptomonedas sean entre usuarios válidos, a cambio de una comisión.
Wallets (Carteras): Las criptomonedas se almacenan en carteras digitales que pueden ser software (aplicaciones de escritorio o móviles) o hardware (dispositivos físicos similares a USB). Las carteras contienen claves privadas y públicas; la clave privada permite al usuario gastar sus criptomonedas, mientras que la clave pública es la dirección que otros usan para enviarle criptomonedas.
PANORAMA LEGAL DE LAS CRIPTOMONEDAS EN BOLIVIA
En un inicio Bolivia prohibió el uso de criptomonedas en su economía, esto lo plasmó mediante las Resoluciones de Directorio N° 044/2014 de 6 de mayo de 2014 y N° 144/2020 de 15 de diciembre de 2020 emitidas por el Banco Central de Bolivia. Sin embargo, a la fecha, dichas disposiciones han sido dejadas sin efecto en virtud a la Resolución de Directorio N°082/2024 de 25 de junio de 2024, abriendo la puerta a las criptomonedas.
Es importante tomar en cuenta que, si bien se ha levantado la prohibición en el uso de criptomonedas en Bolivia, ello no implica un reconocimiento de las mismas como moneda de curso legal y que además aún falta un largo camino en la regulación en cuestiones como la seguridad, el fraude y la estabilidad financiera. La claridad regulatoria puede impulsar una mayor adopción y uso seguro de criptomonedas, mientras que la falta de regulación puede crear incertidumbre y riesgos para los usuarios.
La creciente popularidad y uso de criptomonedas reflejan una transformación significativa en el sistema financiero global, y en particular en el caso boliviano, una posible opción de uso en el mercado, ofreciendo nuevas oportunidades y desafíos tanto para los individuos como para las instituciones. Dada la incertidumbre y los riesgos asociados con el uso de criptomonedas, es crucial que los usuarios potenciales se informen adecuadamente y busquen asesoría profesional antes de invertir en estos activos. Además, las autoridades bolivianas deben trabajar en la creación de un marco regulatorio claro y robusto que promueva la innovación y proteja a los usuarios, garantizando al mismo tiempo la seguridad y estabilidad del sistema financiero. La colaboración entre el sector privado y el público será esencial para lograr un entorno seguro y favorable para el uso de criptomonedas en Bolivia.
El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.
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