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¿Cuándo se extingue el contrato de trabajo individual?

El contrato laboral individual puede extinguirse por despido del trabajador, desistimiento de éste, mutuo disenso, llegada del término pactado en el contrato, incapacidad, jubilación y otros motivos, todo ello sin contar con las causas de extinción que afectan al empresario (quiebra de la empresa, destrucción total o parcial de las instalaciones de la empresa, etc.). Sobre esta cuestión deben considerarse supuestos como la incapacidad del empresario como persona física, su extinción y también la extinción de la persona jurídica contratante.

También se contempla la extinción de la relación laboral entre el trabajador y el empleador por las causales justificadas descritas en el artículo 16 de la Ley General del Trabajo (por perjuicio material a la empresa, revelación de secretos industriales, omisiones o imprudencias a la seguridad industrial, etc. entre otras señaladas).

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