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¿De cuánto es el recargo por trabajar en horario nocturno?

Se cuantifica el monto de pago adicional dentro del horario comprendido como horario nocturno de acuerdo al tipo de actividad que se realiza y al esfuerzo del trabajador.

El recargo por trabajo nocturno varia en una proporción que oscila de entre 25% hasta 50%  en concordancia con el artículo 55º de la LGT  “[…] el trabajo nocturno realizado en las mismas condiciones que el diurno con el 25 al 50%, según los casos. […]”

De acuerdo a lo que establece el D.S. de 24 de junio de 1944:

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