Supone la cantidad de tiempo excedente a la jornada laboral del trabajador en favor o para beneficio del empleador.
Se consideran horas extras u horas extraordinarias aquellas que el trabajador supera el uso de su jornada laboral máxima de ocho horas por distintas razones:
- Para evitar perjuicios en la marcha normal del establecimiento.
- Para efectuar arreglos o reparaciones impostergables en la maquinaria o en las instalaciones de la empresa.
- Cuando sobrevenga un caso fortuito.(Fagalde, 2014)
“La jornada de trabajo podrá elevarse en caso de fuerza mayor y en la medida indispensable”(Bolivia L. G., 1942)
El artículo 55 tambien hace referencia a la prestación de las horas extraordinarias respecto a su pago “Las horas extraordinarias y los días feriados se pagarán con el 100% de recargo; […]”(Bolivia L. G., 1942)