LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN DE EMPRESA EN BOLIVIA

Liquidación y disolución de empresa en Bolivia

 

Liquidación y disolución de empresa en Bolivia

En caso de que tu empresa no se encuentre en su mejor momento y tu negocio no esté funcionando como esperabas, recuerda que nuestra legislación permite la liquidación y disolución de empresa en Bolivia, con la finalidad de evitar mayores daños e incluso posibles procesos administrativos, laborales, civiles o incluso penales.

Al encontrarnos ante una crisis económica a nivel mundial, será importante que las personas que tienen empresas a su cargo tomen decisiones y actuaciones rápidas con la finalidad de evitar un mayor perjuicio o disminución en sus activos.

Es así, que en caso de que una empresa no se encuentre en un buen momento económico y esté atravesando por un déficit, podría decidir a tiempo la liquidación y disolución de empresa, con la finalidad de evitar mayores complicaciones.

¿Qué conceptos debo tener claros antes de iniciar un proceso de liquidación y disolución de empresa?

Para poder entender de una mejor manera el proceso de liquidación y disolución de empresa, será importante que usted conozca y pueda diferenciar algunos términos relacionados a estos procesos:

  • Disolución. Por disolución de empresa, entendemos a la primera etapa de cierre de una empresa. Esta disolución supone su desaparición jurídica del mercado, de esta manera, los socios llegarían a plasmar su intención de abandonar la actividad empresarial, poniendo fin al contrato social que unía a los socios. Esta decisión deberá ser debidamente registrada en el Registro de Comercio.
  • Liquidación. Al generarse la disolución de empresa, se procederá a realizar su liquidación, en este proceso técnico jurídico, la empresa deberá llevar la expresión “en liquidación”. A través del mismo, la sociedad llegaría a mantener su personalidad jurídica sólo para este fin, procediendo a detener su actividad y extinguiendo el poder de administración de los administradores (gerente general), siendo los liquidadores quienes asumirán la administración y control.
    A través de la liquidación de empresa se da la distribución de los activos que pudiesen existir entre los socios, una vez saldadas las operaciones pendientes.
    En este proceso, los liquidadores tendrán la obligación de informar sobre este aspecto a los acreedores, procediendo a formular el inventario, balances de la empresa, con la finalidad de controlar y verificar los aspectos contable, para poder saldar todas las deudas y repartir los activos.
  • Cancelación de matrícula de comercio. La cancelación de la Matrícula de Comercio, tiene como finalidad cancelar la inscripción de una empresa en el Registro de Comercio a efectos de poder extinguir la personalidad jurídica de una sociedad.

¿Cuáles son las causas para disolver una empresa?

Es importante señalar que el Código de Comercio señala ciertas causales para disolver una empresa, sin embargo, la misma, podría establecer otras causales en su contrato constitutivo, las señaladas por el Código de Comercio son las siguientes:

  • 1.-Acuerdo de los socios;
  • 2.-Vencimiento del término, salvo prórroga o renovación;
  • 3.-Cumplimiento de la condición a la cual se supeditó su existencia;
  • 4.-Obtención del objeto para el cual se constituyó o por la imposibilidad sobreviniente de lograr el mismo;
  • 5.-Pérdida del capital, conforme se haya estipulado en el contrato constitutivo. En las sociedades anónimas se aplicará lo dispuesto en el artículo 354; La disolución no se produce si los socios acuerdan su reintegro o su aumento;
  • 6.-Declaratoria de quiebra, salvo la celebración de convenio preventivo o resolutorio;
  • 7.-Fusión, conforme prescribe el artículo 405;
  • 8.-Reducción del número de socios a uno solo, y, en las sociedades anónimas, a menos de tres, siempre que no se incorporen nuevos socios en el término de tres meses.

¿Cómo se liquida una empresa en Bolivia?

Como mencionamos anteriormente, para poder proceder a la liquidación de empresa, será importante que inicialmente se de su disolución, debiendo registrar en el Registro de Comercio el Testimonio de escritura pública que plasme el acta de asamblea de socios o junta extraordinaria de accionistas que apruebe la disolución de la sociedad, una vez inscrita, se podrá proceder al proceso de liquidación a través de la siguiente manera:

  • Formulario N° 0090 de solicitud de registro de finalización de actividades. A través del Formulario Nº 0090 de solicitud de Registro de Finalización de Actividades, Cierre y Cancelación de Matrícula, se deberá solicitar ante SEPREC la solicitud de finalización de actividades de la empresa, este formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser firmado por el representante legal y podrá ser iniciado solamente en caso de que la empresa cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.
  • Nombramiento de liquidadores. La sociedad deberá designar a las personas encargadas de gestionar el proceso de liquidación, este nombramiento será realizado por la Junta General con una simple mayoría de votos, debiendo ser inscrito en el Registro de Comercio. Es importante señalar que los liquidadores asumirán las obligaciones y responsabilidades señaladas en el Código de Comercio para los administradores y deberán levantar un inventario completo, balance original de liquidación a los 30 días de asumido el cargo, pudiendo extenderse hasta por 120 días.
    Posteriormente este testimonio de poder de designación deberá ser presentado ante SEPREC.
  • Balance original de la liquidación e inventario. Este documento debe ser firmado por los liquidadores y profesionales que intervengan en su realización, debiendo presentar la solvencia profesional original otorgada por la Sociedad de Contadores y Auditores. A través de este balance se procederá a liquidar operaciones pFendientes, como ser; cobro de créditos, destino de los activos y/o pago de deudas.
  • Balance original de cierre (final). Este documento también deberá ser firmado por los liquidadores y profesionales que intervinieron, en el caso de las sociedades por acciones también deberá ser firmado por el Síndico.
  • Proyecto de distribución de patrimonio. Una vez extinguido el pasivo de la sociedad, (deudas y obligaciones de la empresa) los liquidadores deberán elaborar el balance y proyecto de distribución. A través del Proyecto de distribución de patrimonio, se llegaría a establecer de manera exacta el capital aportado por cada socio, cuáles serían los resultados una vez realizada la liquidación y el monto que sería repartido a cada socio.
    Este proyecto deberá ser registrado en el Registro de Comercio, debiendo proceder a realizar su ejecución.
  • Testimonio de escritura pública de disolución y liquidación. La sociedad en liquidación deberá presentar los en original y fotocopia legalizada la transcripción de las actas relacionada a:
    – Acta que apruebe la disolución de empresa, su liquidación y designación de los liquidadores.
    – Acta que apruebe el balance final de liquidación y proyecto de distribución de patrimonio.
  • Publicación en la gaceta electrónica del Registro de Comercio del testimonio de disolución y liquidación.
  • Publicación en la gaceta electrónica del Registro de Comercio del acuerdo de distribución. Esto solo en caso de existir un acuerdo de distribución señalado por el Artículo 392 del Código de Comercio. En relación a este aspecto, es importante mencionar que ninguno de los socios, podrá recibir el haber que le corresponde hasta que no se encuentren extinguidas las obligaciones pendientes de pago por parte de la sociedad.

¿Cuál es el plazo para realizar el trámite?

Una vez ingresado el trámite ante el Registro de Comercio SEPREC señala que existe un plazo de 7 hábiles para la presentación de los requisitos anteriormente señalados.

¿Debo informar de la realización de este proceso a otras entidades?

Si, como último punto, es importante señalar que la sociedad deberá informar sobre este proceso a las siguientes instituciones:

Gobierno Autónomo Municipal;
Impuestos Nacionales;
Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad Social;
Sistema de la Caja Nacional de Salud y;
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs)

¿Tienes dudas en torno a la disolución o liquidación de empresa?

Solicita el asesoramiento completo de uno de nuestros abogados especializados en derecho empresarial. A través de esta consulta podrás obtener una gestión legal completa que proteja los intereses y activos de tu empresa de manera completa.

¿Cuáles son los principales problemas de la liquidación de empresas?

El hecho de realizar la liquidación de tu empresa, implicaría muchos riesgos ya sea en materia laboral, civil, tributaria e incluso penal para los liquidadores. En relación a los casos en materia laboral en algunos casos los trabajadores podrían apersonarse ante el juez laboral solicitando la adjudicación de todos los activos de la empresa, pudiendo incluso llegar a constituir la empresa como una empresa social, a favor de los acreedores. Por otro lado, la empresa podría ser objeto de procesos laborales, donde los trabajadores, en su calidad de acreedores reclamen el pago de sus beneficios sociales, llegando incluso a poder demandar una estabilidad laboral.

Asimismo, se podrían generar riesgos en materia civil, ya que al enterarse los acreedores sobre la liquidación de empresa, podrían algunos acreedores iniciar procesos civiles, solicitando el embargo de los bienes de la empresa a objeto de que se garantice el pago de sus deudas.

Como último punto, es necesario señalar que en materia tributaria existiría el riesgo de que si bien llegaría a darse la inactivación del NIT de una sociedad, esto no sería garantía plena para que en un futuro Impuestos Nacionales pueda revisar el cumplimiento de los deberes formales de dicha empresa y pueda incluso iniciar un proceso.

¿Tienes dudas en torno a la disolución de una empresa?

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En caso de que tu empresa no se encuentre en su mejor momento y tu negocio no esté funcionando como esperabas, recuerda que nuestra legislación permite la liquidación y disolución de empresa en Bolivia, con la finalidad de evitar mayores daños e incluso posibles procesos administrativos, laborales, civiles o incluso penales.

Al encontrarnos ante una crisis económica a nivel mundial, será importante que las personas que tienen empresas a su cargo tomen decisiones y actuaciones rápidas con la finalidad de evitar un mayor perjuicio o disminución en sus activos.

Es así, que en caso de que una empresa no se encuentre en un buen momento económico y esté atravesando por un déficit, podría decidir a tiempo la liquidación y disolución de empresa, con la finalidad de evitar mayores complicaciones.

¿Qué conceptos debo tener claros antes de iniciar un proceso de liquidación y disolución de empresa?

Para poder entender de una mejor manera el proceso de liquidación y disolución de empresa, será importante que usted conozca y pueda diferenciar algunos términos relacionados a estos procesos:

  • Disolución. Por disolución de empresa, entendemos a la primera etapa de cierre de una empresa. Esta disolución supone su desaparición jurídica del mercado, de esta manera, los socios llegarían a plasmar su intención de abandonar la actividad empresarial, poniendo fin al contrato social que unía a los socios. Esta decisión deberá ser debidamente registrada en el Registro de Comercio.
  • Liquidación. Al generarse la disolución de empresa, se procederá a realizar su liquidación, en este proceso técnico jurídico, la empresa deberá llevar la expresión “en liquidación”. A través del mismo, la sociedad llegaría a mantener su personalidad jurídica sólo para este fin, procediendo a detener su actividad y extinguiendo el poder de administración de los administradores (gerente general), siendo los liquidadores quienes asumirán la administración y control.
    A través de la liquidación de empresa se da la distribución de los activos que pudiesen existir entre los socios, una vez saldadas las operaciones pendientes.
    En este proceso, los liquidadores tendrán la obligación de informar sobre este aspecto a los acreedores, procediendo a formular el inventario, balances de la empresa, con la finalidad de controlar y verificar los aspectos contable, para poder saldar todas las deudas y repartir los activos.
  • Cancelación de matrícula de comercio. La cancelación de la Matrícula de Comercio, tiene como finalidad cancelar la inscripción de una empresa en el Registro de Comercio a efectos de poder extinguir la personalidad jurídica de una sociedad.

¿Cuáles son las causas para disolver una empresa?

Es importante señalar que el Código de Comercio señala ciertas causales para disolver una empresa, sin embargo, la misma, podría establecer otras causales en su contrato constitutivo, las señaladas por el Código de Comercio son las siguientes:

  • 1.-Acuerdo de los socios;
  • 2.-Vencimiento del término, salvo prórroga o renovación;
  • 3.-Cumplimiento de la condición a la cual se supeditó su existencia;
  • 4.-Obtención del objeto para el cual se constituyó o por la imposibilidad sobreviniente de lograr el mismo;
  • 5.-Pérdida del capital, conforme se haya estipulado en el contrato constitutivo. En las sociedades anónimas se aplicará lo dispuesto en el artículo 354; La disolución no se produce si los socios acuerdan su reintegro o su aumento;
  • 6.-Declaratoria de quiebra, salvo la celebración de convenio preventivo o resolutorio;
  • 7.-Fusión, conforme prescribe el artículo 405;
  • 8.-Reducción del número de socios a uno solo, y, en las sociedades anónimas, a menos de tres, siempre que no se incorporen nuevos socios en el término de tres meses.

¿Cómo se liquida una empresa en Bolivia?

Como mencionamos anteriormente, para poder proceder a la liquidación de empresa, será importante que inicialmente se de su disolución, debiendo registrar en el Registro de Comercio el Testimonio de escritura pública que plasme el acta de asamblea de socios o junta extraordinaria de accionistas que apruebe la disolución de la sociedad, una vez inscrita, se podrá proceder al proceso de liquidación a través de la siguiente manera:

  • Formulario N° 0090 de solicitud de registro de finalización de actividades. A través del Formulario Nº 0090 de solicitud de Registro de Finalización de Actividades, Cierre y Cancelación de Matrícula, se deberá solicitar ante SEPREC la solicitud de finalización de actividades de la empresa, este formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser firmado por el representante legal y podrá ser iniciado solamente en caso de que la empresa cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.
  • Nombramiento de liquidadores. La sociedad deberá designar a las personas encargadas de gestionar el proceso de liquidación, este nombramiento será realizado por la Junta General con una simple mayoría de votos, debiendo ser inscrito en el Registro de Comercio. Es importante señalar que los liquidadores asumirán las obligaciones y responsabilidades señaladas en el Código de Comercio para los administradores y deberán levantar un inventario completo, balance original de liquidación a los 30 días de asumido el cargo, pudiendo extenderse hasta por 120 días.
    Posteriormente este testimonio de poder de designación deberá ser presentado ante SEPREC.
  • Balance original de la liquidación e inventario. Este documento debe ser firmado por los liquidadores y profesionales que intervengan en su realización, debiendo presentar la solvencia profesional original otorgada por la Sociedad de Contadores y Auditores. A través de este balance se procederá a liquidar operaciones pFendientes, como ser; cobro de créditos, destino de los activos y/o pago de deudas.
  • Balance original de cierre (final). Este documento también deberá ser firmado por los liquidadores y profesionales que intervinieron, en el caso de las sociedades por acciones también deberá ser firmado por el Síndico.
  • Proyecto de distribución de patrimonio. Una vez extinguido el pasivo de la sociedad, (deudas y obligaciones de la empresa) los liquidadores deberán elaborar el balance y proyecto de distribución. A través del Proyecto de distribución de patrimonio, se llegaría a establecer de manera exacta el capital aportado por cada socio, cuáles serían los resultados una vez realizada la liquidación y el monto que sería repartido a cada socio.
    Este proyecto deberá ser registrado en el Registro de Comercio, debiendo proceder a realizar su ejecución.
  • Testimonio de escritura pública de disolución y liquidación. La sociedad en liquidación deberá presentar los en original y fotocopia legalizada la transcripción de las actas relacionada a:
    – Acta que apruebe la disolución de empresa, su liquidación y designación de los liquidadores.
    – Acta que apruebe el balance final de liquidación y proyecto de distribución de patrimonio.
  • Publicación en la gaceta electrónica del Registro de Comercio del testimonio de disolución y liquidación.
  • Publicación en la gaceta electrónica del Registro de Comercio del acuerdo de distribución. Esto solo en caso de existir un acuerdo de distribución señalado por el Artículo 392 del Código de Comercio. En relación a este aspecto, es importante mencionar que ninguno de los socios, podrá recibir el haber que le corresponde hasta que no se encuentren extinguidas las obligaciones pendientes de pago por parte de la sociedad.

¿Cuál es el plazo para realizar el trámite?

Una vez ingresado el trámite ante el Registro de Comercio SEPREC señala que existe un plazo de 7 hábiles para la presentación de los requisitos anteriormente señalados.

¿Debo informar de la realización de este proceso a otras entidades?

Si, como último punto, es importante señalar que la sociedad deberá informar sobre este proceso a las siguientes instituciones:

Gobierno Autónomo Municipal;
Impuestos Nacionales;
Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad Social;
Sistema de la Caja Nacional de Salud y;
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¿Tienes dudas en torno a la disolución o liquidación de empresa?

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¿Cuáles son los principales problemas de la liquidación de empresas?

El hecho de realizar la liquidación de tu empresa, implicaría muchos riesgos ya sea en materia laboral, civil, tributaria e incluso penal para los liquidadores. En relación a los casos en materia laboral en algunos casos los trabajadores podrían apersonarse ante el juez laboral solicitando la adjudicación de todos los activos de la empresa, pudiendo incluso llegar a constituir la empresa como una empresa social, a favor de los acreedores. Por otro lado, la empresa podría ser objeto de procesos laborales, donde los trabajadores, en su calidad de acreedores reclamen el pago de sus beneficios sociales, llegando incluso a poder demandar una estabilidad laboral.

Asimismo, se podrían generar riesgos en materia civil, ya que al enterarse los acreedores sobre la liquidación de empresa, podrían algunos acreedores iniciar procesos civiles, solicitando el embargo de los bienes de la empresa a objeto de que se garantice el pago de sus deudas.

Como último punto, es necesario señalar que en materia tributaria existiría el riesgo de que si bien llegaría a darse la inactivación del NIT de una sociedad, esto no sería garantía plena para que en un futuro Impuestos Nacionales pueda revisar el cumplimiento de los deberes formales de dicha empresa y pueda incluso iniciar un proceso.

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