Ahora bien, la afirmación referida, en el párrafo anterior durante mucho tiempo, fue blanco de críticas debido a que el modelo constitucional que se maneja en Bolivia, establece la aplicación de políticas que aseguren la protección de los derechos del trabajador, sumado a este contexto se identificó que en el campo laboral nacional existe una fuerte tendencia respecto a la desvinculación laboral, a causa del abandono de trabajo por más de 6 días. Ante esta realidad se promulga la Ley 283/2021, normativa que prevé un procedimiento especial para la restitución de derechos laborales para los trabajadores que sean despedidos injustificadamente o de manera irregular. Así mismo, a partir de este precepto normativo se genera un nuevo entendimiento del abandono de trabajo por más de 6 días, en tanto, este artículo analiza la Ley 283/2021 y las consecuencias que acarrea en el abandono laboral.
EL ABANDONO DE TRABAJO Y SU REFORMA A TRAVÉS DE LA LEY 283/2021
- Gimena, lleva más de 10 años trabajando para la empresa SANCOR, donde ocupa el puesto de asesora legal, debido a que en la carretera colisionó con un vehículo sufre la fractura de sus extremidades superiores, lo que ocasiona que sea imposible la asistencia a su fuente laboral, pasado 7 días se reintegra al trabajo, no obstante, el gerente de la empresa procede a la emisión del memorial de conclusión de la relación laboral por motivo de inasistencia injustificada. Gimena conocedora de las últimas legislaciones en materia laboral, apertura el procedimiento establecido en la Ley N.º 283/2021, debido a que se le negó la oportunidad de justificar su inasistencia al trabajo.
EL EFECTO RETROACTIVO DE LA LEY 283/2021
LA SIMPLIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN DE DERECHOS LABORALES PARA TRABAJADORES QUE HAYAN SIDO DESPEDIDOS INJUSTIFICADAMENTE
¿QUÉ CAUSAS PUEDEN DAR LUGAR A UNA INASISTENCIA JUSTIFICADA A LA FUENTE LABORAL?
- Periodos de enfermedad o baja médica acreditados por el Seguro de Salud Público.
- Periodos de ausencia por causas ajenas a la voluntad del trabajador, dentro de estos están incluidas situaciones ocasionadas por fuerza mayor, hecho fortuito, o en su caso la inasistencia por el tiempo que dure la suspensión de labores como consecuencia de lock-out o de huelga declarada con arreglo a Ley.
- Ausencias por accidente o enfermedad grave de un menor de edad cuando está a cargo de su cuidado del Trabajador.
Si después de leer la información anterior consideras que requieres asesoramiento jurídico en relación al despido por abandono del trabajo por más de 6 días, comunícate con alguno de nuestros abogados especialistas. ¡Estamos a tu servicio!
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