EL DELITO DE ALTERACIÓN DE LINDEROS EN BOLIVIA
Logotipo - Rigoberto Paredes Abogados Bolivia - Law Firm Rigoberto Paredes & Asociados

EL DELITO DE ALTERACIÓN DE LINDEROS EN BOLIVIA

Autor: Gimena Paola Burgos Maizares

En el contexto boliviano actual las disputas por los límites de propiedad han ocasionado diversos conflictos entre vecinos cuyas propiedades son colindantes, a menudo estos problemas ocasionan inseguridad jurídica en la titularidad de la propiedad.

Debido a la problemática recurrente de alteración o supresión de lindes de propiedades inmuebles, en este artículo se analizará todo lo relacionado con el delito de alteración de linderos establecido en el artículo 352 del Código Penal.

LA ALTERACIÓN DE LINDEROS COMO UN DELITO EN EL CÓDIGO PENAL BOLIVIANO

El artículo 352 del Código Penal establece de forma taxativa que “El que con propósito de apoderarse, en todo o en parte de bien inmueble ajeno, suprimiere o alteraré los términos o linderos, será sancionado con reclusión de tres meses a dos años”. Ahora bien, el análisis gramatical del texto infiere que el objeto de protección de la norma está relacionado con la usurpación de las verdaderas y correctas dimensiones del derecho propietario. En ese sentido, se sanciona la apropiación ilegal que es realizada de forma sutil por el sujeto activo a través de acciones modificatorias que se realizan mediante la destrucción o modificación de linderos en la propiedad colindante.

A manera de establecer un entendimiento mejor de la temática se realiza el siguiente ejemplo:

  • Carlos es propietario de un lote de terreno de 156 metros cuadrados, ubicado en la localidad de Villa Armonía de la ciudad de Sucre, su vecino de nombre Juan, quien posee un lote de 400  metros cuadrados que colinda al lado oeste de su propiedad, inicia la construcción de su inmueble, aprovechando la ausencia de un muro perimetral realiza el movimiento del cerco que establecía el límite de propiedad de Carlos, no conforme con eso el trabajo de construcción de su inmueble sobrepasa 20 metros de la propiedad de su vecino (Carlos). En el caso referido, Juan con sus acciones altera los límites de extensión de propiedad de su vecino apoderándose de un excedente de 20 metros, por consiguiente comete el delito de alteración de linderos.

REQUISITOS DE LA COMISIÓN DEL DELITO:

La extensión normativa del texto refiere que para la consolidación de este delito deben concurrir diversos requisitos, mismos que son explicados a continuación:

  1. Existencia de límites o linderos que delimiten la superficie de un inmueble: Se entiende por linderos a los límites materiales de un bien inmueble; es decir, los signos físicos, naturales (acequias, árboles, piedras, etc.) o artificiales (cercos, edificaciones), fijos y permanentes que constituyen la línea divisoria entre dos bienes inmuebles, sean estos urbanos o rurales.
  2. Acción de suprimir o alterar linderos: Esta acción se realiza cuando una persona altera, mueve o suprime de manera ilegal los límites de una propiedad inmueble, esta acción puede ser realizada de diversas maneras, como moviendo una cerca o alambrado, destruyendo o manipulando marcas o señales, o simplemente desplazando los límites existentes sin autorización.
  3. La extensión de propiedad debe ocasionar perjuicios: El sujeto debe tener la finalidad de extender los dominios de su propiedad mediante la alteración de linderos, en ese sentido debe ocasionar un perjuicio al dueño legítimo. En tanto, en este ilícito el perjuicio de uno beneficia al otro.

¿QUIÉN PUEDE COMETER EL DELITO DE ALTERACIÓN DE LINDEROS?

Respecto a este punto, Sánchez (2019), infiere que, por lo general, el sujeto activo, es decir, el comisor de esta modalidad de delito, será el vecino del sujeto pasivo (víctima), quien aprovechando de su cercanía, altera los linderos para obtener mediante esta acción un mayor espacio territorial para su propiedad.
ALTERACIÓN DE LINDEROS EN BOLIVIA

¿QUÉ BIEN JURÍDICO SE VULNERA CON EL DELITO DE ALTERACIÓN DE LINDEROS?

Creus (s.f.) infiere que, a diferencia de lo que ocurre en la usurpación por despojo, en este delito, no solo se ataca la posesión o tenencia, sino que la acción puede repercutir sobre el dominio mismo del inmueble, ya que, las modificaciones introducidas pueden menoscabar los elementos probatorios de extensión de la propiedad.

Si después de leer la información anterior consideras que requieres asesoramiento jurídico en relación al delito de alteración de linderos, comunícate con alguno de nuestros abogados especialistas. ¡Estamos a tu servicio!

Compartir...
   Retornar   
Contactar