- Por ejemplo, en un caso hipotético donde Carolina, quien se encuentra en calidad de poseedora legítima del bien inmueble de su tía, Julia, que se encuentra en el extranjero, es desalojada del inmueble con uso de violencia por parte del yerno de la su tía, en este caso Julia ha sufrido la usurpación de la posesión, lo que constituye un acto ilegal que se adecua a la figura del delito de despojo.
¿Qué se entiende por despojo?
Por otra parte, Donna (2011) refiere que el delito de despojo se lleva adelante mediante un acto de violencia, engaño, abuso de confianza o clandestinidad, en consecuencia se priva la posesión, tenencia o cuasiposesión de un bien inmueble, así mismo la naturaleza del delito de despojo integra el desplazamiento del sujeto pasivo que en este caso puede ser quien tenga un derecho real constituido o quien se encuentre en calidad de poseedor legítimo.
Sintetizando para que concurra el delito de despojo, la víctima debe ser impedida de ocupar su inmueble o parte de aquel, del cual se encuentra en calidad de poseedor o tiene algún derecho real constituido en la propiedad que está siendo objeto de usurpación.
El delito de despojo en el Código Penal
Para ampliar el margen de entendimiento del delito de despojo, la jurisprudencia glosada mediante la Sentencia Constitucional Plurinacional 0540/2018 ha establecido que el despojo es entendido como la privación de la tenencia o posesión de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, integrando dentro de los derechos referidos el uso, usufructo, habitación, servidumbre o anticresis. En tanto, como resultado la acción de despojar puede consistir en invadir, mantenerse en el inmueble o expulsar a sus ocupantes, a través de distintos medios, como la violencia, las amenazas, el engaño, el abuso de confianza o cualquier otro medio.
Modalidades del delito de Despojo
- Cuando el sujeto activo invade el inmueble
- Cuando el sujeto se mantiene en contra de la voluntad del posesionario
- Cuando expulsa del inmueble al legítimo poseedor
Las modalidades referidas pueden ser llevadas adelante mediante el uso de violencia, que da lugar a la trasgresión de la integridad física o psicológica de la víctima, por otra parte, se tiene el uso de amenazas que tienen la finalidad de intimidar a quien se encuentre en posesión del inmueble o tenga un derecho real sobre este. Otra acción que es muy recurrente es el engaño, que se compone de diversas manifestaciones irreales tendientes a conducir a algún error al sujeto pasivo, así mismos se tiene el abuso de confianza, cuya naturaleza es el aprovechamiento de la confianza del sujeto que legítimamente encarga el cuidado del inmueble a quien realizara la acción de despojar. Sin embargo, el delito de despojo para su consumación puede utilizar cualquier medio, al margen de los referidos con anterioridad.
La regulación jurisprudencial del delito de despojo
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