¿En qué casos se puede privar de libertad a una persona?
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¿En qué casos se puede privar de libertad a una persona?

Durante el proceso penal se puede privar de libertad a una persona, por medio del uso de las siguientes medidas cautelares: el arresto, la aprehensión y la detención preventiva. Además, se puede privar de libertad a una persona cuando ésta tiene una sentencia ejecutoriada que la condene a una pena.

En cualquier otro caso, la privación de libertad es ilegal y por lo tanto el agraviado puede acudir ante las  autoridades judiciales para que lo pongan en libertad.

1) Arresto: Procede al inicio de la investigación del delito cuando no es posible identificar a los autores, participes y testigos del hecho y existiendo riesgo de perjudicar dicha investigación, no pudiendo exceder de 8 horas. (Art. 225 – Código Penal; Ley 1768 de 1997) En resumen, según Osorio, el arresto es la detención provisional del presunto autor de un delito.

2) Aprehensión  Existen 3 casos en los cuales procede la aprehensión:

Por otra parte, la figura de la aprehensión por parte del Juez que conoce la causa no es salvando las siguientes excepciones:

– Durante la etapa preparatoria: Que previamente se hubiera dictado una resolución de declaratoria de rebeldía.

– Durante la etapa de juicio oral, el juez o tribunal podrá emitir mandamiento de aprehensión contra el acusado y/o testigos solamente cuando los mismos no se presenten a una audiencia para la cual hubieran sido legalmente notificados.

3) Detención Preventiva: Según el tratadista Osorio, la detención preventiva es la privación de la libertad de quien se sospecha autor de un delito.

El Código de Procedimiento Penal señala que la detención preventiva “procede  cuando existen elementos suficientes para creer que el imputado es autor, o participe de un delito o que éste no se someterá a un proceso u obstaculizará el mismo,  en delitos de acción pública. Su duración no puede exceder de: 18 meses sin acusación; 36 meses sin sentencia o al mínimo legal del delito que se atribuye”. (Art. 233 – Código de Procedimiento Penal).

A pesar del uso muy común de esta figura en nuestro medio, debe entenderse a la misma como una medida excepcional y no abusar de ella, ya que el exceso de solicitudes de detención preventiva lleva al hacinamiento de las cárceles, la retardación de justicia y a una gran cantidad de presos sin sentencia, muchos de los cuales, sin constituirse en un peligro para la sociedad, se encuentran en un riesgo mayor dentro de los centros penitenciarios.

4) Privación de libertad propiamente dicha: Procede  una vez que  el juez expide una sentencia condenatoria ejecutoriada en contra del condenado y la eleva en autoridad de cosa juzgada, siempre y cuando el individuo haya sido procesado y juzgado en un debido proceso por uno o más delitos cuya condena tenga como pena la privación de libertad. (Art. 27 – Código Penal Boliviano).

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