EXPROPIACIÓN EN BOLIVIA: REQUISITOS LEGALES, GARANTÍAS Y CASOS PRÁCTICOS
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EXPROPIACIÓN EN BOLIVIA: REQUISITOS LEGALES, GARANTÍAS Y CASOS PRÁCTICOS

Autor: Rigoberto Paredes

La expropiación es una institución jurídica que permite al Estado adquirir bienes privados por razones de interés general. En Bolivia, esta práctica se rige por principios constitucionales, legales y jurisprudenciales que buscan garantizar un equilibrio entre el interés colectivo y los derechos de los propietarios. Este artículo explora las condiciones bajo las cuales se puede aplicar la expropiación, los procedimientos obligatorios y ejemplos prácticos con base en autos supremos bolivianos.

¿QUÉ ES LA EXPROPIACIÓN Y CUÁNDO PROCEDE EN BOLIVIA?

La expropiación se aplica únicamente cuando existe una causa de necesidad o utilidad pública debidamente calificada por la autoridad competente. Además, debe preceder una indemnización justa y previa, como condición indispensable para la legalidad del proceso. Esto significa que el propietario afectado no puede ser desposeído de su bien sin haber recibido el pago correspondiente.
El marco normativo boliviano establece que la propiedad privada se garantiza, pero debe cumplir una función social. Si se incumple esta función, se habilita la reversión o la expropiación del bien, especialmente en el caso de tierras que no cumplen con la función económica social.
Derecho administrativo

REQUISITOS ESENCIALES PARA LA EXPROPIACIÓN

Para que una expropiación sea válida en Bolivia, deben cumplirse los siguientes requisitos fundamentales:

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LA EXPROPIACIÓN

Debe existir una declaración formal de necesidad o utilidad pública, emitida por la autoridad competente. Esta declaratoria es el punto de partida para cualquier proceso de expropiación.

VALORACIÓN Y JUSTIPRECIO EN EXPROPIACIÓN DE BIENES EN BOLIVIA

Se debe establecer un valor justo del bien, determinado por peritos independientes o mediante valoración técnica. Este valor debe reflejar el precio real de mercado del bien afectado.

PAGO PREVIO DE LA INDEMNIZACIÓN

La indemnización debe ser pagada antes de que el Estado ocupe o tome posesión del bien. Cualquier ocupación anticipada sin pago constituye una expropiación ilegal y es pasible de anulación.

DERECHOS Y GARANTÍAS DEL PROPIETARIO EN PROCESOS DE EXPROPIACIÓN EN BOLIVIA

La jurisprudencia boliviana ha fortalecido el marco de protección del derecho de propiedad. Así lo destaca el Auto Supremo 292/2011, que establece que la expropiación solo se perfecciona una vez que la entidad expropiante haya efectuado el pago del monto fijado como indemnización. En caso contrario, el propietario tiene derecho a reivindicar su bien, dado que la ocupación sin pago es ilegal.

Asimismo, el Auto Supremo 731/2016 reafirma que el procedimiento debe cumplir con todas las formalidades legales, especialmente la declaración de utilidad pública, el justiprecio y el pago previo. Si se omite cualquiera de estos pasos, la expropiación se considera ineficaz y nula.

Por ejemplo, si una entidad estatal inició la ocupación de terrenos para una obra vial sin haber completado el pago de la indemnización. Se podría declarar ilegal la ocupación, destacando que la transferencia del derecho propietario solo es válida después del pago. Del mismo modo, si se evidencia que la entidad expropiante tomó posesión del bien sin justiprecio ni resolución administrativa formal. Se podría determinar que dicha actuación es nula de pleno derecho y otorgar al afectado el derecho a recuperar su inmueble.

DIFERENCIAS ENTRE EXPROPIACIÓN Y REVERSIÓN DE TIERRAS EN BOLIVIA

Es importante diferenciar ambos conceptos:

  • La expropiación implica el pago de una indemnización justa por parte del Estado, motivada por razones de interés general.
  • La reversión, en cambio, se aplica cuando la propiedad de tierras no cumple con su función económica social o cuando se detecta tenencia latifundista. En estos casos, la tierra vuelve al dominio del Estado sin necesidad de indemnización.

En conclusión, en Bolivia la expropiación es un proceso excepcional que debe cumplir con requisitos estrictos: declaratoria de utilidad pública, establecimiento de justiprecio y pago previo de la indemnización. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones convierte el proceso en nulo.

Si usted enfrenta un proceso expropiatorio o desea conocer sus derechos como propietario, lo invitamos a contactarnos para una consulta legal personalizada y confidencial.

Preguntas frecuentes (FAQs)

  1. ¿Qué bienes pueden ser objeto de expropiación?
    Cualquier bien inmueble puede ser expropiado si existe causa de utilidad pública. No aplica a propiedad urbana en casos de reversión.
  2. ¿Se puede expropiar sin pagar indemnización?
    No. La ley exige que el pago de la indemnización sea justo y previo a la ocupación del bien.
  3. ¿Quién determina el valor del bien expropiado?
    El valor lo determina un perito a través de un proceso técnico de justiprecio.
  4. ¿Qué pasa si no se paga la indemnización?
    La expropiación es nula y el propietario puede exigir la restitución del bien.
  5. ¿Se puede recuperar el bien si no se usó para el fin declarado?
    Sí. El propietario o sus herederos pueden retraer el bien devolviendo la indemnización, si no se utilizó conforme al fin expropiatorio.

Bibliografía

  • Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Código Civil de Bolivia.
  • Auto Supremo Nº 292, Sucre, 30 de septiembre de 2011.
  • Auto Supremo Nº 731/2016.
  • Ley de Expropiaciones de 30 de diciembre de 1884.
  • Sentencia Constitucional 0486/2013 y 0565/2015-S3.

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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