INFRACCIONES Y SANCIONES EN LA COMERCIALIZACIÓN DE HOJA DE COCA EN BOLIVIA
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INFRACCIONES Y SANCIONES EN LA COMERCIALIZACIÓN DE HOJA DE COCA EN BOLIVIA

La hoja de coca, con profunda relevancia cultural, medicinal y económica en Bolivia, está regulada estrictamente para asegurar su uso legal y sostenible. En este contexto, es crucial que productores, comercializadores y empresas de industrialización conozcan el régimen de infracciones y sanciones aplicables, con el fin de evitar consecuencias legales y administrativas que puedan afectar su actividad.

¿QUÉ SE CONSIDERA UNA INFRACCIÓN EN EL COMERCIO DE HOJA DE COCA?

Se considera infracción cualquier incumplimiento o falta cometida durante el transporte, la compra o la venta de hoja de coca, incluso cuando estas actividades son realizadas por personas o entidades autorizadas, como productores, comerciantes minoristas, empresas de industrialización o centros de investigación.
Comercializacion de hoja de coca

INFRACCIONES LEVES EN EL COMERCIO LEGAL DE HOJA DE COCA

Las infracciones leves son errores comunes que no implican una afectación sustancial al control del producto, pero sí al cumplimiento de los procedimientos administrativos.

Ejemplos:

  • Borrar o modificar datos en las bolsas de embalaje: Por ejemplo, alterar manualmente el nombre del destinatario.
  • Falta de sellos en la hoja de ruta: Omitir el sello del control intermedio en una ruta hacia el mercado de destino.
  • Extravío o robo de hoja de ruta: Denunciado pero no justificado ante la autoridad competente.
  • No retirar la coca en el plazo permitido: Dejar los taques en el mercado autorizado más de un día hábil después del primer sello.
  • No portar documentación en el puesto de venta: Vender sin portar el carnet de comercializador ni la hoja de ruta.

Sanciones:

  • Multas que van desde 50 hasta 400 bolivianos, dependiendo de la reincidencia.
  • Las empresas pagan multas por taque, y tras la quinta reincidencia pierden definitivamente el derecho de industrializar.

INFRACCIONES GRAVES EN LA COMERCIALIZACIÓN DE HOJA DE COCA EN BOLIVIA

Estas acciones comprometen el control estatal y el destino legítimo de la coca, pudiendo representar riesgo de desvío o acaparamiento.

Ejemplos:

  • Venta excesiva a una sola persona: Superar el límite de compra permitido.
  • Compra o acumulación superior al cupo mensual: Tener más hoja de coca que la consignada en la hoja de ruta.
  • Almacenamiento fuera de lugares autorizados: Guardar taques en una casa sin permiso.
  • Delegar la venta sin autorización escrita: Dejar el puesto a un familiar sin el poder respectivo.
  • Uso de autorizaciones caducadas: Utilizar una resolución vencida para transportar coca.
  • Impedir inspecciones en una empresa industrializadora.
  • Transportar sin documentación o fuera de ruta autorizada: Considerado como desvío.

Sanciones:

  • Suspensión del derecho a comercializar por 2 a 6 meses según la reincidencia.
  • Decomiso progresivo de la coca retenida (desde el 20% hasta el 100%).
  • Suspensión definitiva tras la cuarta reincidencia grave.

INFRACCIONES GRAVÍSIMAS EN LA COMERCIALIZACIÓN DE HOJA DE COCA EN BOLIVIA

Estas faltas suponen una ruptura total con el régimen legal y un desuso o desvío sistemático del objetivo legal de la coca.

Ejemplos:

  • No comercializar durante más de 12 meses sin causa justificada.
  • Usar coca para fines distintos del autorizado en proyectos industriales o de investigación.
  • Paralizar la actividad de industrialización por más de 6 meses.

Sanciones:

  • Suspensión definitiva del derecho a comercializar o usar coca.
  • Decomiso total, según corresponda.

CÓMO FUNCIONA EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CASOS DE HOJA DE COCA

Las sanciones son impuestas mediante un procedimiento administrativo sustanciado por el Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral, conforme a las normas generales del procedimiento administrativo boliviano. Si se detectan múltiples infracciones, solo se aplica la sanción más grave, aunque todas quedan registradas en el sistema SISCOCA.

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Preguntas frecuentes (FAQs)

  1. ¿Qué pasa si pierdo la hoja de ruta?
    Se considera una infracción leve y puede sancionarse con una multa, dependiendo de si es la primera vez o una reincidencia.
  2. ¿Puedo vender hoja de coca en cualquier lugar?
    No. Solo está permitido en mercados y puestos de venta autorizados.
  3. ¿Qué es el “desvío”?
    Transportar hoja de coca fuera de rutas y puestos de control establecidos. Se trata de una infracción grave.
  4. ¿Cuál es la sanción por usar una autorización caducada?
    Suspensión del derecho a comercializar por un período que puede aumentar con cada reincidencia.
  5. ¿Qué autoridad se encarga de aplicar las sanciones?
    El Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral, conforme al procedimiento administrativo establecido.

Bibliografía

  • Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral. (s.f.). Reglamento sobre infracciones y sanciones en el manejo de hoja de coca.
  • Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Ley N.º 2341 de Procedimiento Administrativo.
  • Reglamento de la Ley Nº 906, General de la coca, DS Nº 3318, 6 de septiembre de 2017

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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