¿QUÉ SE ENTIENDE POR ESTAFA?
En palabras más sencillas se infiere que la estafa es una conducta engañosa, con ánimo de lucro, propio o ajeno, que, determinando un error en una o varias personas, les induce a realizar un acto de disposición, en perjuicio de su patrimonio o en el de un tercero.
LA ESTAFA PIRAMIDAL
A manera de ejemplificar lo referido, en el caso donde Juan, quien ha escuchado que existe una supuesta empresa denominada 360 PRO que promete ganancias de hasta 2000 dólares semanales, a cambio de una sola inversión de 1500 dólares, en vista de que la situación económica de su familia se encuentra fallando Juan decide hacer esta inversión. No obstante, pasado un tiempo se percata que no ha recibido ninguna ganancia, así mismo, se entera de que la supuesta empresa ha dejado de funcionar, por lo que advierte que ha sido víctima de una estafa piramidal.
REQUISITOS DEL DELITO DE ESTAFA
- Engaño: El engaño es un elemento fundamental de la estafa, en tanto hace referencia a una acción del sujeto activo cuya conducta consiste en una simulación capaz de inducir a error a una o varias personas (Oneca,1958)
- Error. Al igual que el primer elemento el error es un determinante dentro de la estafa, pues es uno de los primeros efectos que genera el engaño, en ese entendido este elemento constituye una representación falsa de la realidad que una vez generada culmina en un perjuicio ocasionado a la víctima.
- Disposición patrimonial: La disposición patrimonial, dentro de la estafa, es un elemento consecuente del error, en tanto esta disposición debe tener como consecuencia un perjuicio patrimonial en el propio engañado o en un tercero. Este perjuicio se entiende como una disminución de carácter patrimonial, comparando la situación actual con la que se tenía antes de la disposición causada por el error (Cáceres, s.f.)
En síntesis, como se advirtió para la configuración del delito de estafa, debe existir una relación causal y funcional entre los elementos de la estafa, de esta forma se advierte que el engaño debe producir un error, resultado de ese error se realiza la disposición patrimonial que genera el perjuicio.
BIEN JURÍDICO POR EL DELITO DE ESTAFA
TIPOS DE ESTAFA
- Estafa simple: No existe una pluralidad de víctimas, por lo que la sanción oscila entre los 1 a 5 años, más la imposición de una multa de 60 a 200 días.
- Estafa agravada: Existen víctimas múltiples, por lo que, la sanción a interponerse es de 3 a 10 años más una multa de 100 a 500 días.
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