TIPOS DE EXTRADICIÓN
- Extradición Activa: Esta modalidad se refiere a cuando Bolivia solicita la entrega de una persona que se encuentra en otro país. La solicitud se basa en el cumplimiento de ciertos requisitos, como la doble incriminación, que implica que el delito por el cual se solicita la extradición debe estar penalizado en ambos países.
- Extradición Pasiva: Se refiere al proceso en el cual Bolivia recibe una solicitud de otro país para la entrega de una persona. Esta solicitud debe cumplir con los requisitos establecidos en el tratado de extradición o, en su ausencia, las normas del Código de Procedimiento Penal.
CONCEPTO Y FUNDAMENTO DE LA EXTRADICIÓN
La extradición es un proceso jurídico por el cual un Estado solicita a otro la entrega de una persona acusada o condenada por delitos cometidos dentro de su jurisdicción. En Bolivia, la extradición se rige principalmente por los tratados internacionales, el Código de Procedimiento Penal y, en ausencia de un tratado, por las reglas de reciprocidad.
REQUISITOS PARA LA EXTRADICIÓN
- Doble Incriminación: El delito debe estar tipificado como tal en ambos países.
- Documentación Completa: Se debe acompañar la solicitud con documentos oficiales, como la resolución judicial de imputación y el mandamiento de detención.
- Garantías Procesales: Se debe garantizar que la persona será sometida a un proceso justo y que sus derechos fundamentales serán respetados.
EXCEPCIONES Y OBSTÁCULOS A LA EXTRADICIÓN
- Delitos Políticos: Muchos tratados de extradición excluyen los delitos de carácter político, protegiendo así a los individuos que han sido perseguidos por sus ideas políticas.
- Pena de Muerte: En los casos en que el Estado requirente aplica la pena de muerte y el Estado requerido no la admite, la extradición puede ser denegada o condicionada a la garantía de que no se aplicará dicha pena.
- Riesgo de Tortura o Maltrato: Si existe un riesgo considerable de que el extraditado sea sometido a tortura o tratos inhumanos, la extradición puede ser rechazada.
CONCLUSIÓN
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