MEDIDAS DE PERSECUCIÓN PENAL COVID-19 - Rigoberto Paredes Abogados Bolivia – Law Firm
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MEDIDAS DE PERSECUCIÓN PENAL COVID-19

En fecha 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró al nuevo brote de Coronavirus (Covid-19) como una pandemia a nivel mundial. En consecuencia, nuestro país también ha tomado medidas contra la propagación del Coronavirus en Bolivia a nivel nacional y los diferentes niveles subnacionales tomaron también medidas paralelas de acuerdo a cada región. En este sentido, a la fecha entraron en vigencia varias normas, mismas que al pasar por el filtro de los medios de comunicación y las redes sociales se tornan confusas. Por ello, nuestra firma “Rigoberto Paredes & Asociados” decidió preparar un resumen jurídico ordenado de las principales restricciones, prohibiciones, autorizaciones y/u obligaciones que se imponen legalmente en nuestro país, analizando las medidas de persecución penal COVID-19 en Bolivia, a través de la siguiente normativa:

medidas tributarias Coronavirus Bolivia

El nivel central del Estado entre las medidas adoptadas contra el Coronavirus en Bolivia y entendiendo que hay implicancias sociales creó ciertos lineamientos de política criminal en cuanto a la persecución de ciertos delitos que afectan a la sociedad. Estos lineamientos serán tratados a continuación a través de un cuestionario de preguntas generales.

 

1. ¿Podría generarse un alza en el precio de los alimentos, insumos higiénicos, entre otros?

No, el Viceministerio de Defensa del Consumidor en coordinación con las entidades territoriales autónomas, constantemente realizarán controles en centros de abastecimiento, mercados, supermercados y negocios en general, con la finalidad de que los precios sean mantenidos y se garantice un precio justo a la población. Por otro lado, se habilitó la línea gratuita 800 10 0202 para que la población pueda denunciar la alza injustificada y/o excesiva de precios en artículos de primera necesidad.

 

2. ¿Qué acciones legales se tomarían con las personas que eleven los precios pese a las medidas de persecución penal COVID-19?

Dentro de una de las medidas de persecución penal COVID-19 en Bolivia, se llegó a establecer que aquellas personas que eleven precios, oculten o acaparen alimentos e insumos en general como barbijos, sanitizadores. desinfectantes, entre otros serían pasibles de ser procesados por delitos contra la economía, industria y comercio, en específico por el delito de agio que se encuentra tipificado en el artículo 226 del Código Penal Boliviano siendo su sanción la privación de libertad de seis meses a tres años.

3. ¿Podría una persona evitar el ingreso a centros hospitalarios de personas sospechas de Coronavirus?

No, en caso que una persona niegue, bloquee o incite a bloquear el ingreso o atención de casos sospechosos y diagnosticados de Coronavirus será pasible, sin perjuicio de otros delitos, de un proceso penal por delitos contra la salud pública, mismos que se encuentra tipificado en el Artículo 216 del Código Penal Boliviano cuya pena es la privación de libertad de 1 a 10 años.

4. ¿Qué pasará con las personas que brinden información falsa acerca el Coronavirus?

Otra de las medidas de persecución penal COVID-19, sería que el Ministerio de Gobierno realizaría constantemente un ciber espionaje por las redes sociales y otros medios para poder dar así con las personas que emitan noticias falsas o desinformación con el fin de evitar causar zozobra en la sociedad con datos falsos sobre el coronavirus. En ese sentido, los autores de estas noticias o datos falsos serán pasibles de las acciones penales correspondientes.

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