NULIDAD DE TESTAMENTO EN BOLIVIA - SERVICIOS LEGALES
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LA NULIDAD DE TESTAMENTO EN BOLIVIA

Autor: Rigoberto Paredes Ayllón

En principio es importante aclarar al lector que la nulidad de testamento en Bolivia, implica la ineficacia del mismo, a causa del incumplimiento de requisitos de fondo o de forma establecidos en la ley para su validez. Dicho de otra manera, si un testamento es declarado nulo se considera que el mismo no produce efectos jurídicos.
Nulidad de Testamento en Bolivia
Conforme el artículo 1207 del Código Civil un testamento es nulo cuando: 1) es otorgado sin las formalidades expresamente previstas en el código civil o 2) cuando el testamento ha sido celebrado sin contemplar los requisitos de fondo exigidos por el testador, el instituido o en el testamento mismo.

En el primer caso, estamos en presencia de testamentos celebrados con inobservancia de formas legales. Por ejemplo: cuando en un testamento cerrado no interviene el notario o el número de los testigos era interior al señalado en la ley. En el segundo caso, estamos frente a situaciones mucho más graves, por ejemplo: cuando el testamento afecta la legítima de uno de los herederos o cuando el otorgante es menor de 16 años o adolece de un estado de interdicción o incapacidad mental.

ASPECTOS CLAVES DE LA NULIDAD DE TESTAMENTO EN BOLIVIA

En todo caso, la declaración de nulidad debe ser analizada cuidadosamente distinguiendo por la autoridad judicial, pues la ley establece que si la nulidad afecta sólo a alguna o algunas disposiciones del testamento, son válidas las restantes. En otras palabras, si solo una parte del testamento contiene un vicio de nulidad que no afecta a todo el testamento en su conjunto, no es posible asumir que por esta parte nula, todo el testamento debe ser anulado. Por el contrario, las partes restantes se consideran válidas si no contradicen la norma.

Finalmente, es importante acotar que la posibilidad de que uno de los herederos plantee la nulidad del testamento prescribe en el plazo de cinco años computables desde el día en que se conoció el testamento. De hecho, cuando los herederos son notificados con un testamento que contiene un vicio de nulidad y a pesar de ello, los mismos ejecutan dicho testamento a sabiendas de un motivo de nulidad, entonces se presume su aceptación del testamento y por ende su renuncia a interponer la nulidad para prevalerse de ella.

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