Se entiende al Derecho Penal como el conjunto de normas jurídicas que tienen la finalidad de regular el ejercicio del poder sancionador del Estado, quien determina, en caso que se haya cometido un delito, qué sanción corresponde, sea esta una pena o una medida de seguridad.
Tomando en cuenta lo que establece el gran Jurista Alemán de origen Austriaco, Franz Von Liszt, el Derecho Penal es un “Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia”. Igualmente Luis Jiménez de Asua, define al Derecho Penal como “el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito, así como la responsabilidad que tiene quien incurre en el hecho delictivo; asociando a la infracción de la norma una pena”.(OSORIO, Manuel; “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales”; Ed. “Heliasta”; 27ma edición 2007; España; Pág. 326.)