Es aquella figura jurídica que establece el monto total que debe pagar el sujeto pasivo después de vencido el plazo para el cumplimiento de una obligación tributaria. Es decir, si la fecha de vencimiento era el 30 de junio, el sujeto pasivo que no pagó hasta tal fecha pagará a partir del 1 de julio el tributo omitido, los intereses si existen y las multas cuando correspondan.
El Código Tributario indica que la determinación es el acto por el cual el sujeto pasivo o la Administración Tributaria declaran la existencia y cuantía de una deuda tributaria o su inexistencia. (Ref. Art. 47 y 92 C.T.)