La franquicia es un monto de dinero fijo o porcentual del valor asegurado que la persona asegurada paga a la compañía aseguradora para la reparación de un riesgo. Resulta ser una suerte de solidaridad en el pago entre el asegurado y el asegurador. Por ejemplo, la franquicia se observa generalmente en seguros de transporte cuyo riesgo asegurado son los accidentes de tránsito.
El Código de Comercio Boliviano indica que la franquicia puede ser de dos tipos: deducible es la suma de dinero que, por acuerdo de partes reduce la responsabilidad del asegurador. Se la puede estipular como una suma fija o porcentual sobre el valor asegurado o sobre el monto de la indemnización.
Y no deducible es aquella en que el asegurador está obligado al pago integro de la indemnización cuando el monto de los daños exceda al de la franquicia.