REGISTRO DEL BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA: OBLIGACIÓN LEGAL PARA EMPRESAS Y ENTIDADES
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REGISTRO DEL BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA: OBLIGACIÓN LEGAL PARA EMPRESAS Y ENTIDADES

El registro del beneficiario final es una medida clave en la lucha contra el lavado de dinero y la evasión fiscal. En Bolivia, este proceso es obligatorio para todas las personas jurídicas inscritas en el padrón de contribuyentes. A continuación, explicamos en qué consiste esta obligación, cómo identificar al beneficiario final y por qué es importante para el cumplimiento tributario en el Estado Plurinacional de Bolivia.

BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA: DEFINICIÓN LEGAL Y CRITERIOS DE IDENTIFICACIÓN

El beneficiario final es la persona natural que, en última instancia, posee o controla una entidad jurídica. También puede ser quien realiza una transacción en nombre de otra persona. Este concepto abarca tanto a los propietarios directos como a quienes ejercen control efectivo a través de otros medios.
Derecho comercial

CRITERIOS DE IDENTIFICACIÓN SEGÚN LA NORMATIVA BOLIVIANA

La normativa boliviana establece un enfoque progresivo para identificar al beneficiario final:

  1. Participación societaria: Se considera beneficiario final a quien posea directa o indirectamente un 20% o más de participación accionaria o societaria.
  2. Control indirecto: Si no se identifica a una persona con esa participación, se debe determinar quién ejerce el control por otros medios.
  3. Cargos ejecutivos: Cuando no hay claridad sobre el control, se reconoce como beneficiario final al funcionario de mayor rango gerencial.

En el caso de fideicomisos u otras estructuras jurídicas similares, debe identificarse al fideicomitente, fiduciario, beneficiarios y cualquier persona que tenga control efectivo final.

CASOS PRÁCTICOS DE IDENTIFICACIÓN

  • Caso 1: Empresa familiar
    Una SRL en La Paz tiene cuatro socios. Tres poseen un 25% cada uno, y uno tiene el 25% restante. En este caso, los tres socios con 25% son considerados beneficiarios finales, ya que superan el umbral del 20%.
  • Caso 2: Empresa con múltiples capas
    Una empresa registrada en Bolivia tiene como socio a una empresa extranjera. Si se descubre que una persona natural posee el 100% de esa empresa extranjera, esta persona es el beneficiario final, aunque no aparezca directamente en la sociedad boliviana.
  • Caso 3: Sin socios evidentes
    Una asociación civil no tiene socios que alcancen el 20% de participación ni evidencia clara de control. En este caso, el beneficiario final será el director ejecutivo o gerente general, conforme al criterio residual establecido por la normativa.

¿QUIÉNES DEBEN REGISTRAR AL BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA?

Según lo dispuesto por la normativa tributaria boliviana, todas las personas jurídicas sujetas a impuestos de carácter nacional y registradas en el padrón de contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) deben:

  • Proporcionar la información de su(s) beneficiario(s) final(es) al momento de su inscripción.
  • Actualizar dicha información anualmente, coincidiendo con la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago del IUE.

IMPORTANCIA DEL REGISTRO DEL BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA

Esta obligación responde a la necesidad de transparencia y cumplimiento tributario, además de alinearse con estándares internacionales, como la Recomendación 24 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Permite a las autoridades bolivianas detectar estructuras opacas utilizadas para fines ilícitos y garantiza un entorno empresarial más justo y transparente.

Además, el cumplimiento oportuno evita sanciones y demuestra el compromiso de las empresas con la legalidad y la ética en sus operaciones.

PLAZO LÍMITE PARA ACTUALIZAR AL BENEFICIARIO FINAL EN BOLIVIA

Las personas jurídicas ya inscritas deben actualizar la información de sus beneficiarios finales hasta el 29 de abril de 2025.

¿Tienes dudas sobre si estás obligado a declarar a un beneficiario final o necesitas ayuda para realizar este registro ante el SIN? Nuestro equipo de expertos en derecho tributario y societario en Bolivia está listo para ayudarte. Ponte en contacto con nosotros y asegura el cumplimiento legal de tu empresa.

PREGUNTAS FRECUENTES (FAQS)

  1. ¿Qué sucede si no declaro al beneficiario final?
    Puede incurrir en sanciones administrativas por parte del Servicio de Impuestos Nacionales.
  2. ¿Puedo ser beneficiario final si no tengo acciones en la empresa?
    Sí, si ejerces el control efectivo a través de otros medios o por tu cargo como gerente general.
  3. ¿Qué pasa si hay más de un beneficiario final?
    Todos deben ser registrados si cumplen con los criterios establecidos.
  4. ¿Cómo se actualiza esta información ante el SIN?
    A través de los mecanismos habilitados en el padrón de contribuyentes, en coordinación con un asesor legal o contador.
  5. ¿Este registro aplica también a ONG y fundaciones?
    Sí, siempre que estén constituidas como personas jurídicas y registradas ante el SIN.

Bibliografía

  • Decreto Supremo N° 4904 de 5 de abril de 2023.
  • Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492.
  • Servicio de Impuestos Nacionales (2023). Resolución normativa sobre el registro del beneficiario final.
  • Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). (2022). Recomendación 24.

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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