REGLAMENTO PARA EL REFRENDADO DEL FORMULARIO ÚNICO DE FINIQUITO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1104/2022
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REGLAMENTO PARA EL REFRENDADO DEL FORMULARIO ÚNICO DE FINIQUITO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1104/2022

Autora: Drina Joselin Brito Cardozo

¿Qué es el finiquito?

El finiquito es un documento legal que contiene el detalle de los derechos laborales que corresponden a ser pagados a los trabajadores y trabajadoras al finalizar su relación laboral con una empresa. Este documento es de vital importancia, ya que constituye el único medio idóneo para acreditar que se han pagado todos los derechos laborales correspondientes al trabajador o trabajadora.

¿En qué casos se podrá solicitar el refrendado del finiquito?

Para que el formulario único de finiquito tenga validez jurídica, debe ser refrendado por el Ministerio de Trabajo a través de las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo, y será presentado por las siguientes causas:

  1. Pago de Beneficios Sociales a la conclusión o extinción de la relación laboral por tiempo de servicios.
  2. Anticipo de indemnización por tiempo de servicios, a solicitud expresa de la trabajadora o del trabajador.
  3. Pago de Quinquenio, entendido como la consolidación de la indemnización por tiempo de servicios al cumplimiento de cada 5 años de trabajo de manera continúa.

¿Cuáles son los requisitos que debe presentar el trabajador para el refrendado del finiquito?

Para efectos de refrendado del formulario único de finiquito, todo empleador, debe presentar requisitos generales y requisitos específicos, los cuales son:

Requisitos generales para el refrendado del finiquito

  1. Formulario único de finiquito en tres ejemplares originales debidamente llenados.
  2. Boleta de depósito bancario en original realizado por el empleador.
  3. Fotocopia simple de Cédula de Identidad del beneficiario.
  4. Fotocopia simple de Cédula de Identidad de la persona que, en representación de la empresa, realizará el trámite.
  5. Fotocopia simple de las tres últimas boletas de pago de salarios de la trabajadora o el trabajador (excluyente para el refrendado de formulario único de finiquito de trabajadoras y trabajadores asalariados del hogar).
  6. Extracto de aportes de AFP’s de la trabajadora o el trabajador emitida por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP’s) o la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, el mismo que debe acreditar el pago de las contribuciones por el asegurado al sistema integral de pensiones y al seguro social obligatorio de largo plazo. (excluyente para el refrendado de formulario de finiquito de trabajadoras y trabajadores asalariados del hogar, pago de quinquenios y anticipos de indemnizaciones).
  7. Documentación que respalde el pago de la totalidad de los derechos laborales que corresponde a la trabajadora o el trabajador por el tiempo de servicios 
  8. Fotocopia simple del formulario único de finiquito pagado con anterioridad debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo.

Requisitos específicos para el refrendado del finiquito

Adicionalmente, a los requisitos generales señalados, el empleador deberá presentar los siguientes requisitos conforme a cada caso:

1. Despido, renuncia y abandono del trabajo: 

  1. Copia simple del Memorándum de Despido debidamente firmado por la trabajadora o el trabajador.
  2. Copia simple de la Carta de Renuncia Voluntaria debidamente recepcionada por la empresa o establecimiento laboral.
  3. En caso de abandono de trabajo por más de seis días consecutivos, se debe adjuntar el reporte de asistencia y la fotocopia simple de la Resolución Administrativa que apruebe el mecanismo de control de asistencia, emitida por el Ministerio de Trabajo.

2. Quinquenio y anticipo:

  1. Fotocopia simple de la solicitud escrita de pago de quinquenio presentada por la trabajadora o el trabajador y debidamente recepcionada por el empleador.
  2. Fotocopia simple de la solicitud escrita de pago de anticipo de beneficios sociales de la trabajadora o el trabajador, debidamente recepcionada por su empleador.

3. Conclusión de contrato: 

  1. Fotocopia simple del Contrato de Trabajo debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo.

4. Fallecimiento: 

  1. Copia legalizada de la Declaratoria de Herederos o la correspondiente Escritura Pública de Aceptación de Herencia; si existiera pluralidad de los mismos, se deberá presentar Poder Notarial especial a favor de la persona que efectuará el cobro por todos los Herederos. 
  2. Fotocopia simple del Certificado de Defunción.
  3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad de los herederos.

¿Cuál es el procedimiento a seguir para el refrendado del finiquito?

El procedimiento para obtener el refrendo del formulario único de finiquito por parte del Ministerio de Trabajo es el siguiente:

  1. Debe presentarse de manera obligatoria la trabajadora o el trabajador, herederos en caso de fallecimiento, o la persona acreditada y apoderada para el cobro del mismo, así como de la persona que realizará el trámite en representación de la empresa o establecimiento laboral, ante el responsable de refrendado del formulario único de finiquito, de la Jefatura Departamental o Regional de Trabajo.
  2. Después, se realizará la revisión del formulario único de finiquito por parte del responsable del refrendado.
  3. Una vez revisada la documentación y la información contenida en el formulario único de finiquito, el responsable de refrendado procederá a generar la correspondiente Hoja de Ruta.
  4. En caso de que no se cumplan con los requisitos exigidos en el presente Reglamento, se rechazará el trámite y el empleador deberá subsanar aquellos errores observados por el responsable de refrendado dentro del plazo de 15 días.
  5. El trabajador deberá dar su consentimiento y luego se le solicitará su firma en el formulario único de finiquito para realizar el refrendado del mismo.
  6. El responsable de refrendado procederá al desglose de la documentación, tanto para el empleador como para la trabajadora o el trabajador.
  7. Concluido el procedimiento, el responsable del refrendado, asignará una numeración correlativa al formulario único de finiquito, para fines de registro y archivo.

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