CLASES DE ACCIONES EN UNA SOCIEDAD ANÓNIMA

ACCIONES ORDINARIAS
Cada acción ordinaria concede a su titular el derecho a un voto en las juntas generales. Esto significa que quienes poseen este tipo de acciones pueden influir directamente en las decisiones estratégicas de la empresa. Además, tienen derecho a participar en la distribución de dividendos una vez que se haya cumplido con las obligaciones preferentes, si las hubiera.
Por ejemplo, si una empresa tiene 1.000 acciones ordinarias en circulación y un accionista posee 100 de ellas, ese accionista tiene derecho a emitir 100 votos en la junta general ordinaria, y recibirá el 10% de las utilidades distribuidas entre acciones ordinarias.
ACCIONES PREFERIDAS
Por otro lado, las acciones preferidas otorgan a sus titulares ciertos beneficios económicos, como un dividendo prioritario antes de repartir utilidades a los accionistas ordinarios. Estos dividendos pueden ser fijos o superiores a los ordinarios si así se pacta en los estatutos. No obstante, estas acciones tienen una limitación: no otorgan derecho a voto en juntas ordinarias, aunque sí permiten la participación con voz.
Una excepción relevante se produce cuando los dividendos preferidos no se reparten durante tres ejercicios, aunque no sean consecutivos. En ese caso, las acciones preferidas obtienen el derecho de voto pleno, equiparándose temporalmente a las ordinarias, hasta que se regularicen los pagos adeudados.
Supongamos que una sociedad prometió pagar un dividendo preferido del 8% anual, pero solo cumplió con este compromiso durante un año. Después de tres ejercicios sin realizar ese pago, los accionistas preferentes podrán votar en la junta general junto a los accionistas ordinarios, hasta que se les pague la suma pendiente.
DERECHOS LEGALES DE LOS ACCIONISTAS PREFERIDOS
Los titulares de acciones preferidas cuentan también con mecanismos de protección. Entre ellos, se incluye el derecho a oponerse a resoluciones de la junta general en asuntos que les afecten directamente, equiparando su posición a la de las minorías con acciones ordinarias.
Asimismo, en caso de liquidación de la sociedad, estas acciones tienen prioridad en el reembolso de sus aportes frente a las ordinarias, protegiendo así la inversión preferencial en situaciones críticas.
Por ejemplo, si una empresa entra en proceso de liquidación y posee Bs. 2.000.000 en activos líquidos, los accionistas preferidos serán reembolsados antes que los ordinarios, según el valor de sus acciones, reduciendo el riesgo de pérdida.
TRANSFORMACIÓN Y REDENCIÓN DE ACCIONES PREFERIDAS
La legislación permite que las acciones preferidas sean redimidas o transformadas en ordinarias, según las condiciones establecidas al momento de su emisión. Esto otorga flexibilidad a las sociedades para adaptar su estructura accionaria según sus necesidades financieras y estratégicas.
Sin embargo, la emisión de acciones preferidas tiene una limitación cuantitativa: no puede superar el 50% del capital suscrito de la sociedad. Este límite busca preservar el equilibrio entre los derechos políticos y económicos dentro del accionariado.
Una sociedad que tenga Bs. 10.000.000 de capital suscrito podrá emitir como máximo Bs. 5.000.000 en acciones preferidas, para garantizar que los accionistas ordinarios mantengan la capacidad de decisión en las juntas generales.
PROHIBICIÓN DE VOTO PLURAL EN SOCIEDADES ANÓNIMAS
Una disposición importante y orientada a proteger la democracia societaria es la prohibición expresa de emitir acciones con voto plural. Es decir, no puede otorgarse más de un voto por acción, garantizando así la igualdad de condiciones entre los accionistas en la toma de decisiones colectivas.
Por ejemplo, no se puede emitir una acción que otorgue tres votos en una asamblea general, incluso si el accionista posee una participación significativa. Cada acción equivale a un solo voto, sin excepción.
CONCLUSIÓN
Comprender la diferencia entre acciones ordinarias y preferidas es esencial para cualquier persona que participe en una sociedad anónima, ya sea como fundador, inversor o asesor. Mientras las acciones ordinarias priorizan el poder de decisión, las preferidas ofrecen ventajas económicas pero limitan la participación política dentro de la sociedad. El marco legal vigente establece un equilibrio entre estos intereses, con mecanismos para proteger a los accionistas en distintas situaciones.
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¿Qué diferencia hay entre acciones ordinarias y preferidas?
Las acciones ordinarias otorgan derecho a voto y participación en utilidades después de las preferidas. Las preferidas tienen prioridad en dividendos pero no derecho a voto en juntas ordinarias.
¿Puedo convertir mis acciones preferidas en ordinarias?
Sí, si así lo permiten las condiciones establecidas al momento de la emisión de las acciones preferidas.
¿Qué ocurre si no me pagan los dividendos preferidos durante varios años?
Si no recibe dividendos por tres ejercicios, sus acciones preferidas obtendrán derecho a voto hasta que se pague la deuda correspondiente.
¿Una sociedad puede emitir acciones con más de un voto por acción?
No. Está prohibido emitir acciones con voto plural. Cada acción representa un solo voto.
¿Existe un límite para emitir acciones preferidas en una sociedad?
Sí, las acciones preferidas no pueden superar el 50% del capital suscrito de la sociedad.
- Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. (2009).
- Código de Comercio del Estado Plurinacional de Bolivia.
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