CLASIFICACIÓN DE LOS REGÍMENES TRIBUTARIOS
- Régimen Simplificado
Dentro este régimen se encuentran las siguientes personas:Artesanos, personas que ejercen un oficio manual por cuenta propia en sus talleres o a domicilio. Ej.: Bordador, Tejedor, Hojalatero, etc. El precio unitario de sus productos vendidos no debe ser mayor a los 640 Bs.
Comerciantes minoristas, todas aquellas personas que desarrollan actividades de compra/venta de mercaderías en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en una vía pública. Ej.: Una pequeña tienda de barrio, vendedores al detalle en kioscos o puestos, etc. El precio unitario de sus productos vendidos no debe ser mayor a los 480 Bs.
Vivanderos, todas aquellas personas que expenden bebidas y alimentos en kioscos y pequeños locales. Ej.: Venta de alimentos en pequeños snacks, kioscos, etc. El precio unitario de sus productos vendidos no debe ser mayor a los 148 Bs.
¿Me corresponde dar factura? – Clasificación de los Regímenes Tributarios en Bolivia
Las personas que se encuentren dentro este régimen no deben emitir factura por la actividad económica que realicen.
- Régimen General
Dentro este régimen se encuentran todas las personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas como:
- Venta habitual de bienes muebles (Electrodomésticos, ropa, cemento, vehículos, bebidas alcohólicas)
- Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Vajilla, disfraces, vehículos, casas, departamentos y otros).
- Servicios en General (Restaurantes, karaokes, médicos, contadores y otros)
- Importaciones definitivas.
En este sentido, toda actividad económica que haya generado a los contribuyentes de este régimen una venta de un bien o servicio igual o mayor a 5.00 Bs., la misma deberá ser emitida a través de una factura.
- Régimen Agropecuario Unificado
Este Régimen fue creado para las personas naturales que realicen actividades agrícolas o pecuarias, para productores agrupados en Organizaciones de Pequeños Productores y todas aquellas personas naturales, que estén dedicadas a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura, piscicultura y viticultura.
Las personas que se encuentren dentro este régimen no deben emitir factura.
- Sistema Tributario Integrado
Este sistema comprende a todas aquellas personas naturales que prestan servicio de: transporte público interprovincial de pasajeros o carga y transporte público urbano de pasajeros o carga. Los mismos deberán tener registrado a su nombre hasta dos vehículos.
Las personas que se encuentren dentro este régimen no deben emitir factura.