En este artículo te explicamos, de forma clara pero con rigor técnico, cómo se calcula la base imponible, qué cambios introdujo el DS 5383 y cómo aplicar el cálculo actualizado del RC-IVA, con un ejemplo práctico incluido.
¿CÓMO CALCULAR LA BASE PARA EL RC-IVA?
- Total ganado: todos los ingresos por salario, horas extras, bonos, primas, comisiones, viáticos, etc., según el Artículo 19 de la Ley 843.
- Menos los aportes obligatorios a la seguridad social: es decir, las retenciones que van a la Gestora Pública, Artículo 25 de la Ley 843.
- Menos el mínimo no imponible legal: equivalente a 2 salarios mínimos nacionales (SMN), Artículo 26 de la Ley 843.
- Menos la deducción presunta: hasta ahora, se asumía que un porcentaje del ingreso equivalente al 13% de 2 SMN se destinaba a gastos sin factura (mercados, transporte, etc.), lo que reducía aún más la base. Numeral 2 del inciso c) del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 21531.
En la práctica, esto llevaba a la famosa “regla de los 4 salarios mínimos”, porque entre el mínimo no imponible y la deducción presunta, un trabajador con ingresos menores a 4 SMN generalmente no debía pagar RC-IVA ni presentar facturas.
¿QUÉ MODIFICACIONES HA TRAÍDO EL DS N.º 5383?
- “Se modifica el numeral 2 del inciso c) del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 21531, de 27 de febrero de 1987, con el siguiente texto:
‘2. El equivalente a la alícuota correspondiente al Impuesto al Valor Agregado – IVA aplicada sobre el monto de un (1) Salario Mínimo Nacional, en compensación al IVA que se presume, sin admitir prueba en contrario, corresponde a las compras que el contribuyente hubiera efectuado en el periodo a sujetos pasivos de los regímenes tributarios especiales vigentes, prohibidos de emitir facturas, notas fiscales o documentos equivalentes.’”
En resumen: la deducción presunta ya no es sobre 2 SMN, sino sobre 1 SMN.
Esto significa que:
- La base imponible aumenta.
- Más trabajadores quedan alcanzados por el impuesto.
- Quienes ya estaban alcanzados deberán presentar más facturas para evitar la retención del 13%.
¿CÓMO SE DEBE CALCULAR AHORA EL RC-IVA?
Veamos el ejemplo práctico actualizado que replica la modificación al RC IVA, tomando en cuenta como salario mínimo nacional la suma de 2750 Bs:
Concepto | Antes de la modificación | Con la modificación DS 5383 |
---|---|---|
Total ganado | Bs 12,800 | Bs 12,800 |
Menos aporte a la Gestora (13.16%) | Bs 1,626.88 | Bs 1,626.88 |
Base de cálculo | Bs 11,173.12 | Bs 11,173.12 |
Menos 2 SMN como mínimo no imponible (Bs 2,750 × 2) | Bs 5,500 | Bs 5,500 |
Base para RC IVA | Bs 5,673.12 | Bs 5,673.12 |
RC IVA (13% sobre base) | Bs 737.51 | Bs 737.51 |
Menos deducción presunta (13% sobre 2 SMN antes, 1 SMN ahora) | Bs 715 | Bs 357.50 |
otal a pagar por RC IVA (antes de facturas) | Bs 23 | Bs 380 |
En conclusión, el DS N.º 5383 ha reducido significativamente las deducciones presuntas para trabajadores dependientes, incrementando la base imponible efectiva del RC-IVA. Esto obliga a los trabajadores que ganen a partir de aproximadamente Bs 9,451 en adelante a presentar facturas con suficiente crédito fiscal, o aceptar la retención directa del 13% por RC-IVA.

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