
¿Quién realiza la verificación de la función social?
La entidad encargada de este procedimiento es el Instituto Nacional de Reforma Agraria, que actúa en el marco de sus competencias para supervisar, controlar y regular el uso de la tierra agraria.
Su intervención puede darse en distintos procesos administrativos como el saneamiento, la reversión o la expropiación de predios rurales.
Verificación iniciada de oficio
Identificación directa de incumplimiento
El INRA cuenta con sistemas de monitoreo permanente que le permiten detectar predios que no cumplen con la función social o económico-social. Cuando se identifican irregularidades, la autoridad puede iniciar el proceso sin necesidad de una denuncia externa.
Indicios detectados durante el saneamiento
Durante los procesos técnicos de revisión territorial, la autoridad puede delimitar áreas específicas donde existan señales de incumplimiento. En estos casos, se activa un procedimiento administrativo orientado a verificar la situación real del predio en campo.
Presencia de trabajo forzoso o servidumbre
Si existen indicios o informes que evidencien prácticas como servidumbre, trabajo forzoso o formas análogas, la autoridad debe actuar de inmediato. Estas situaciones implican un incumplimiento absoluto de la función social, ya que vulneran derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Estado y en tratados internacionales de derechos humanos.
Verificación iniciada por denuncia
Denuncia de entidades públicas
Diversas instituciones estatales tienen la obligación de informar sobre posibles incumplimientos. Entre ellas destacan la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra y el Servicio Nacional de Áreas Protegidas, que deben comunicar estos hechos para activar los procedimientos correspondientes.
Denuncias de organizaciones sociales
Las organizaciones agrarias y espacios de participación social ejercen control sobre el uso de la tierra. Estas pueden solicitar la revisión de predios cuando consideren que no cumplen con su finalidad social.
Denuncia de particulares
Cualquier persona puede presentar una denuncia, siempre que proporcione información suficiente para identificar el predio, al titular y los hechos que evidencien el incumplimiento. Esto fortalece el control social y permite una mayor transparencia en la gestión agraria.
Etapas iniciales de la verificación de la función social
Una vez iniciado el proceso —ya sea de oficio o por denuncia— la autoridad emite un acto administrativo que formaliza el inicio. Posteriormente, se fija fecha para una audiencia en la que se reciben pruebas y se realiza una verificación directa en el terreno.
Esta inspección es fundamental, ya que permite constatar de manera objetiva el estado del predio, su nivel de producción y las condiciones en las que se desarrolla la actividad agraria.
En síntesis, la verificación del cumplimiento de la función social o económico-social no depende únicamente de la iniciativa de terceros, sino que también forma parte de un deber activo de la administración pública. Este mecanismo asegura que la tierra cumpla su finalidad productiva, respete los derechos laborales y contribuya al desarrollo sostenible del entorno rural.
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¿Qué es la función económico-social de la tierra?
Es el uso productivo y sostenible de la tierra, cumpliendo además normas laborales y ambientales.
¿Puede iniciarse una verificación sin denuncia?
Sí, la autoridad puede actuar de oficio cuando detecta indicios de incumplimiento.
¿Qué ocurre si no se cumple la función social?
El predio puede ser sujeto a procesos como reversión o expropiación.
¿Quién puede presentar una denuncia?
Cualquier persona, además de entidades públicas y organizaciones sociales.
¿Es obligatoria la inspección en el terreno?
Sí, la verificación directa es una etapa esencial del procedimiento.
El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.
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