LA NOVACIÓN EN BOLIVIA
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LA NOVACIÓN EN BOLIVIA

Autora: Drina Joselin Brito Cardozo

¿Qué es la novación y cuáles son sus elementos?

Carlos Morales Guillen en el “Código Civil Concordado y Anotado” establece que la novación consiste en la sustitución de la obligación primitiva por una nueva obligación, con esta sustitución, la obligación original queda extinguida. Sin embargo, para que esta extinción sea válida, es necesario que la nueva obligación sea distinta de la obligación primitiva.
Novación en Bolivia
De esta manera, es importante señalar cuales son los elementos fundamentales para que se de la configuración de la novación, los cuales son:

  1. Existencia de una obligación previa destinada a extinguirse.- De acuerdo con esto, la novación requiere la existencia de una obligación original que debe ser válida, de lo contrario la nueva obligación tampoco tendrá validez. Por ejemplo: Andrés prestó a Bernardo 4.000 Bs. con un interés del 2% mensual. Aquí existe una obligación que debe extinguirse, la cual es la obligación de devolver el dinero. Sin embargo si Andrés le hubiera prestado a Bernardo ese monto de dinero con un interés del 10% mensual, esa obligación no es válida e incurre en usura.
  1. Nueva obligación que difiere de la anterior.- Implica la creación de una nueva obligación que sustituya a la obligación original, de modo que, no se presente como una simple modificación de ésta. Por ejemplo: Andrés y Bernardo acuerdan que en lugar de la devolución de dinero, Bernardo transferirá a Andrés un juego de sillones de igual valor. Aquí se crea una nueva obligación, que es la transferencia de los muebles, que sustituye a la obligación original de devolver el dinero.
  1. Capacidad de disponer.- Las partes involucradas deben tener la capacidad jurídica necesaria para realizar la novación. Por ejemplo: Andrés y Bernardo son mayores de edad y están en pleno uso de sus facultades mentales, por lo que tienen la capacidad de disponer y acordar la sustitución de la obligación original.
  1. Animus novandi o ánimo de novar.- La novación requiere la voluntad y acuerdo de las partes para extinguir la obligación original y crear una nueva obligación es decir, se requiere el consentimiento de ambas partes, lo que significa que la sustitución de una obligación no se puede hacer sin el consentimiento. Por ejemplo: Andrés y Bernardo consideran la posibilidad de realizar una novación, pero Bernardo ofrece a Andrés entregarle un juego de comedor, pero Andrés no está de acuerdo, por lo que no se podrá realizar la novación, ya que una de las partes no demuestra la voluntad de querer realizar la novación. Sin embargo, después Bernardo propone otro tipo de obligación, el cual es entregarle un juego de sillones, para lo cual Andrés acepta, en este caso ambas partes demuestran su voluntad y acuerdo para extinguir la obligación primitiva y realizar la novación.

¿Cuántos tipos de novación existen?

El Código Civil boliviano regula dos formas de novación, las cuales son:

1. Novación objetiva

Se da cuando la obligación original se extingue, mediante la sustitución por una obligación nueva, la cual debe tener un objeto o título diferente al de la obligación original, es decir, la diferencia en el objeto o título es esencial para que se produzca la novación objetiva y se extinga la obligación original. Por ejemplo:

  • Alejandro tiene una obligación de pagar 7.000 Bs. a Bruno, después de un tiempo acuerdan cambiar la obligación original por una nueva, en la que Alejandro se compromete a entregar a Bernardo una laptop equivalente al monto de dinero adeudado.

2. Novación subjetiva

Se da cuando se sustituye al sujeto pasivo de la obligación, es decir, al deudor original por un nuevo deudor, el cual asumirá la nueva obligación y ocasionará la liberación del deudor original. Por ejemplo:

  • Sara tiene una obligación de pagar 8.000 Bs. a Tiana. Posteriormente Sara y Tiana acuerdan que el deudor de la obligación será Carlos, asumiendo la obligación y liberando a Sara de la deuda.

¿Qué sucede con los privilegios y garantías reales de la obligación extinguida?

Como consecuencia de la novación, las garantías y privilegios ligados con la obligación original se extinguen, no obstante, es posible que las partes involucradas decidan mantener estas garantías y privilegios para el nuevo crédito, siempre y cuando se haya acordado expresamente. Por ejemplo:

  • Diana pidió un préstamo a su amiga Tatiana y entregó como garantía un terreno, pero después de un tiempo Diana y Tatiana acordaron realizar una novación, pese a que la garantía debía quedar extinta, ambas acuerdan expresamente mantener el terreno como garantía del nuevo crédito.

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