
CAMBIOS CLAVE EN LA NORMATIVA SANCIONATORIA
REGLAS MÁS ESTRICTAS PARA LA MATRÍCULA DE COMERCIO
Uno de los aspectos más polémicos del reglamento es la exigencia de mantener actualizada la matrícula de comercio. Las empresas que no renueven su matrícula a tiempo pueden ser sancionadas como reincidentes, lo cual se traduce en sanciones más severas. Este criterio se fundamenta en el deber de registrarse previamente al ejercicio comercial, contemplado en el marco normativo vigente, aunque se ha debatido si esta interpretación excede lo dispuesto expresamente en el Código de Comercio.
DIGITALIZACIÓN: UNA DEUDA PENDIENTE
El reglamento establece la obligación de presentar los libros contables y corporativos en formatos físicos, conforme a los procedimientos notariales tradicionales. Este punto fue objeto de crítica por parte de representantes empresariales, quienes solicitaron la modernización del proceso mediante la admisión de medios electrónicos, en línea con disposiciones tributarias vigentes. Sin embargo, la autoridad reafirmó que, en materia comercial, prevalecen las formalidades establecidas en el Código de Comercio.
PRINCIPIOS ADMINISTRATIVOS EN DISPUTA
El reglamento ha sido acusado de vulnerar principios esenciales como la legalidad y la proporcionalidad, al imponer sanciones consideradas excesivas y ambiguamente justificadas. Un ejemplo es el tratamiento de infracciones como la omisión de publicaciones en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, donde se argumenta que podría existir una doble sanción por un mismo hecho, contradiciendo el principio non bis in ídem.
ARGUMENTOS JURÍDICOS Y LEGITIMIDAD DEL REGLAMENTO
A pesar de las impugnaciones interpuestas por entidades como la Cámara Nacional de Comercio y la Cámara Nacional de Industria, la autoridad competente resolvió mantener la vigencia del reglamento. La defensa institucional sostiene que este instrumento normativo se enmarca dentro de las atribuciones reglamentarias reconocidas por la Constitución y por la Ley de Procedimiento Administrativo. Además, afirma que las disposiciones contenidas en el reglamento son coherentes con el bloque normativo superior y responden a la necesidad de preservar la legalidad y la seguridad jurídica.
En síntesis, el nuevo reglamento refuerza el marco de control sobre las obligaciones formales de las empresas, aunque su implementación ha suscitado un intenso debate sobre su proporcionalidad, su adecuación a normas superiores y su impacto en el clima de inversión. A medida que las empresas se adaptan a estas disposiciones, será fundamental evaluar su aplicación práctica y su compatibilidad con el entorno legal y económico nacional.
Nuestro estudio jurídico ofrece servicios especializados para empresas sujetas a fiscalización comercial y contable. Si su organización necesita asistencia legal para adecuarse al nuevo reglamento o impugnar alguna sanción, no dude en contáctarnos.
¿Qué es la reincidencia según el nuevo reglamento?
Es cuando una empresa comete una infracción por segunda vez dentro de un plazo de dos años y ya fue sancionada por la misma falta anteriormente.
¿La falta de actualización de la matrícula de comercio puede ser sancionada?
Sí, el reglamento contempla sanciones por este motivo, aunque hay debate sobre si ello está adecuadamente respaldado por normas superiores.
¿Se pueden presentar libros contables de forma digital?
Actualmente, el reglamento exige presentación física, en línea con lo establecido en el Código de Comercio, pese a las propuestas de actualización electrónica.
¿Qué pasa si no se publica un acto en la Gaceta Electrónica?
Se considera una infracción sancionable, aunque algunos sectores alegan que podría implicar una doble sanción.
¿Puede impugnarse el reglamento?
Sí, mediante recursos jerárquicos, como los ya presentados por la CNC y la CNI, aunque hasta el momento estos no han tenido éxito.
- Autoridad de Fiscalización de Empresas. (2025). Resolución Ministerial N° 002/2025.
- Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo.
- Código de Comercio de Bolivia.
- Sentencia Constitucional Plurinacional 0049/2015.
- Martínez Bravo, J. A. (2010). Derecho Administrativo Boliviano. Santa Cruz, Bolivia.
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