FINALIDAD DEL RECURSO DIRECTO DE NULIDAD
Es preciso aclarar, que este recurso no tiene la finalidad de ingresar al análisis de fondo del contenido de un determinado acto, ya que con esta acción sólo se verificará si el recurrido actuó dentro de sus límites de su jurisdicción o competencia.
EJEMPLO DE PROCEDENCIA DEL RECURSO DIRECTO DE NULIDAD
- Juan ha sido condenado por un delito en un tribunal de primera instancia. Sin embargo, durante el proceso, se descubre que el juez encargado de emitir la sentencia no tenía la facultad para hacerlo, ya que horas antes había sido suspendido debido a su presunta participación en un consorcio ilegal. En esta situación, Juan, la persona condenada, tiene la posibilidad de interponer un recurso directo de nulidad ante el Tribunal Constitucional. El objetivo de dicho recurso es solicitar la anulación de la sentencia debido a que fue dictada por una autoridad que se encontraba suspendida en ese momento.
¿CUÁNDO PROCEDE EL RECURSO DIRECTO DE NULIDAD?
- Contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen.
- Contra actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la ley.
- Contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida en sus funciones o hubiere cesado.
¿EN QUÉ CASOS NO PROCEDE EL RECURSO DIRECTO DE NULIDAD?
- Supuestas infracciones al debido proceso.
- Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades.
Con relación a las causales referidas Cantuta (2022), siguiendo el razonamiento de Peña infiere que en relación con el numeral 1 cuando se trata de actos que afectan directamente a la vulneración de derechos fundamentales en el ámbito procesal, entramos en el terreno de las acciones de defensa de estos derechos, específicamente previstas para ello, con relación al numeral 2 cuando se trata de resoluciones judiciales no cabe concebir, por principio, que puedan recurrirse fuera del sistema ordinario de recursos judiciales, salvo que se hayan dictado sin estar en el pleno ejercicio de la potestad jurisdiccional.
¿QUIÉNES PUEDEN INTERPONER EL RECURSO DE NULIDAD DIRECTO DE NULIDAD?
- Toda persona natural o jurídica.
- El Defensor del Pueblo.
EFECTOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO DIRECTO DE NULIDAD
- Infundado el recurso, cuando la autoridad recurrida haya obrado en el ámbito de sus competencias, o ejercido su jurisdicción y potestad conforme a Ley. En este caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional impondrá costas y multa a la parte recurrente.
- Fundado el recurso, cuando la autoridad no haya obrado con competencia o ejercido sus actos jurisdiccionales conforme a Ley. En este caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional determinará la nulidad de la resolución o acto recurrido, y dispondrá de oficio la remisión de antecedentes al Ministerio Público.
Si después de leer la información anterior consideras que requieres asesoramiento jurídico en relación a la aplicación del recurso Directo de Nulidad, comunícate con alguno de nuestros abogados especialistas. ¡Estamos a tu servicio!
El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.
- Cantuta, P. (2022). “Los Fundamentos Que Sustentan La Facultad De Los Jueces Ordinarios Para Realizar El Control De Constitucionalidad En El Marco Del Modelo De Control Plural En Bolivia” [Tesis de Maestría, Universidad Mayor de San Andrés]. Repositorio de la Universidad Mayor de San Andrés.
- Código Procesal Constitucional N.º 254 (2012). Recuperado de http://www.planificacion.gob.bo
- Herrera, W. (2021).Derecho procesal Constitucional Boliviano. (1ra ed.). Cochabamba-Bolivia: Kipus.