SERVIDUMBRES FORZOSAS EN BOLIVIA
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SERVIDUMBRES FORZOSAS EN BOLIVIA

Las servidumbres forzosas constituyen un instrumento jurídico esencial para garantizar el equilibrio entre el derecho de propiedad y la necesidad de uso efectivo de los bienes inmuebles. En Bolivia, este tipo de servidumbre permite que un propietario acceda a la vía pública o utilice agua de predios vecinos cuando no dispone de medios razonables para hacerlo. A continuación, se desarrollan los principales aspectos legales y prácticos sobre las servidumbres de paso y de acueducto reconocidas en la legislación civil boliviana.

¿QUÉ SON LAS SERVIDUMBRES FORZOSAS?

Las servidumbres forzosas se imponen cuando el ejercicio pleno del derecho de propiedad de un fundo requiere la utilización parcial de un predio vecino. Su constitución puede producirse por sentencia judicial cuando no existe acuerdo entre las partes, o por acto administrativo en los casos expresamente previstos por ley.

El propietario del fundo sirviente, es decir, aquel sobre el cual recae la carga de la servidumbre, puede oponerse a su ejercicio hasta que se efectúe el pago de la indemnización correspondiente. Este principio busca mantener la equidad entre los derechos de ambas partes involucradas.
Agricultura

CÓMO OBTENER UNA SERVIDUMBRE DE PASO EN BOLIVIA

DERECHO DE PASO POR NECESIDAD

El propietario de un terreno que se encuentra encerrado entre otros —sin salida a la vía pública— tiene derecho a solicitar un paso a través del fundo vecino. Esta posibilidad surge únicamente cuando no exista otra salida posible sin incurrir en molestias o gastos desproporcionados.

El paso deberá concederse por el trayecto más corto y menos perjudicial, procurando que el perjuicio al fundo sirviente sea mínimo. En determinadas circunstancias, el paso puede establecerse de forma subterránea si ello resulta más conveniente tanto para quien solicita el acceso como para el propietario afectado.

Un ejemplo práctico es el del agricultor cuyo terreno está rodeado por predios privados y no tiene salida a una carretera; puede solicitar judicialmente el derecho de paso para transportar sus productos.

INDEMNIZACIÓN POR SERVIDUMBRES

El juez fijará las condiciones y la extensión del paso, así como la indemnización proporcional al daño ocasionado. Si el paso inutiliza terrenos cultivables, la compensación deberá equivaler al valor de la zona afectada. No obstante, si ambas partes llegan a un acuerdo voluntario, se aplicarán los términos convenidos.

En caso de que el aislamiento del terreno derive de una venta o división, el nuevo propietario podrá exigir el paso sin pagar indemnización, salvo pacto contrario. Si posteriormente el paso deja de ser necesario —por ejemplo, tras la apertura de una vía pública—, la servidumbre se extingue y el propietario del terreno afectado debe devolver la compensación recibida.

SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO

DERECHO A CONDUCIR AGUA PARA USOS AGRÍCOLAS O INDUSTRIALES

El propietario que requiera agua para actividades agrícolas o industriales puede solicitar la conducción de este recurso a través de predios vecinos. La servidumbre puede ser temporal o permanente, pero no puede imponerse sobre casas, jardines o patios.

Para obtener este derecho, el solicitante debe demostrar que dispone legalmente del agua, que su cantidad es suficiente y que el recorrido propuesto es el más adecuado y menos perjudicial para los vecinos.

CONDICIONES DE USO E INDEMNIZACIÓN EN SERVIDUMBRE DE AGUA

La compensación al propietario afectado comprende:

  1. El valor del terreno ocupado por el acueducto y una franja de un metro a cada lado.
  2. Los daños ocasionados durante la construcción.

Cuando la servidumbre se establece por un tiempo limitado (por ejemplo, hasta cinco años), la indemnización se reduce parcialmente, y el solicitante debe restituir el terreno a su estado original al finalizar el plazo.

Asimismo, si el fundo sirviente ya cuenta con un acueducto útil, puede ofrecer su utilización para el nuevo flujo de agua, siempre que no cause perjuicio. En este caso, la compensación se ajusta al valor del uso compartido del acueducto y a los gastos de mantenimiento.

USO COMPARTIDO DE ACUEDUCTOS

Dos o más propietarios pueden acordar conjuntamente la instalación de un acueducto común, compartiendo los costos de indemnización, mantenimiento y uso. Estos acuerdos deben establecer los turnos o mitas para el aprovechamiento del recurso, garantizando la equidad entre los participantes.

SERVIDUMBRES DE CARÁCTER INDUSTRIAL Y PÚBLICO

En situaciones de necesidad, el propietario de un terreno puede ser obligado a permitir el paso de líneas telefónicas, cables eléctricos, funiculares u otras instalaciones industriales o agrícolas. Estas obras deben cumplir con las normas técnicas y las disposiciones legales correspondientes, asegurando la menor afectación posible del predio.

En conclusión, las servidumbres forzosas permiten compatibilizar el interés privado con la función social de la propiedad. Tanto el paso como el acueducto representan mecanismos legales que facilitan la producción agrícola, el acceso a servicios básicos y el desarrollo económico, preservando al mismo tiempo los derechos de los propietarios afectados mediante compensaciones justas y proporcionales. La intervención judicial o administrativa asegura que estas figuras se apliquen con equilibrio y legalidad.

Nuestro estudio jurídico brinda asesoría en derecho patrimonial, incluyendo la constitución, regulación o extinción de servidumbres. Si enfrenta un caso relacionado con esta figura legal, puede contactarnos para recibir asistencia jurídica especializada.

PREGUNTAS FRECUENTES (FAQS)

¿Cuándo se puede solicitar una servidumbre de paso?

Cuando un terreno no tiene salida razonable a la vía pública sin ocasionar perjuicios o gastos excesivos.

¿Es obligatorio pagar indemnización al vecino?

Sí, salvo que el aislamiento se haya originado por una venta o división de terreno, en cuyo caso puede no corresponder indemnización.

¿Puedo solicitar servidumbre para conducir agua a mi propiedad?

Sí, siempre que justifique la necesidad, la legalidad del uso del agua y la conveniencia del trazado.

¿Qué ocurre si el terreno afectado ya tiene un acueducto?

El propietario puede ofrecer su uso, con una compensación calculada según el valor del servicio y los costos de mantenimiento.

¿Se puede instalar una servidumbre temporal?

Sí, la servidumbre puede establecerse por un tiempo determinado, debiendo restituirse el terreno al concluir el plazo.

Bibliografía

  • Código Civil del Estado Plurinacional de Bolivia.

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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