En este artículo, abordaremos la utilidad de la acción confesoria, su funcionamiento y las diferencias respecto a otras acciones similares, con ejemplos prácticos que facilitarán su comprensión.
ACCIÓN CONFESORIA EN BOLIVIA: ¿CÓMO FUNCIONA Y POR QUÉ ES IMPORTANTE?
UTILIDAD DE LA ACCIÓN CONFESORIA
- Obtener una sentencia que reconozca la existencia del derecho de servidumbre.
- Solicitar que se eliminen los obstáculos que impidan su ejercicio.
- Exigir la reparación de los daños causados por el impedimento.

SERVIDUMBRES Y BIENES INMUEBLES: ALCANCE DE LA ACCIÓN CONFESORIA
DIFERENCIAS ENTRE ACCIÓN CONFESORIA Y ACCIÓN NEGATORIA
- Acción confesoria: Busca que se reconozca la existencia de un derecho real, como la servidumbre.
- Acción negatoria: Tiene por objeto que se declare la inexistencia de un derecho real que otro afirme tener sobre un inmueble.
Comparación breve:
Característica | Acción Confesoria | Acción Negatoria |
---|---|---|
Objeto | Reconocimiento de una servidumbre | Negación de un derecho real |
Sujetos involucrados | Titular de la servidumbre vs. propietario | Propietario vs. quien afirma tener derecho |
Finalidad | Restablecer y proteger el ejercicio | Eliminar perturbaciones o falsas pretensiones |
No deje que una servidumbre legítima sea obstruida o ignorada. Si enfrenta problemas en el ejercicio de su derecho, contáctenos para recibir orientación personalizada y profesional.
- ¿Qué debo probar para ganar una acción confesoria?
Debe probar que existe la servidumbre, que usted es su titular y que alguien está impidiendo su ejercicio. - ¿Puedo interponer esta acción si no tengo el derecho inscrito?
Sí, pero será más difícil probar la existencia del derecho. La inscripción facilita y fortalece su reclamo. - ¿Esta acción prescribe?
Sí, está sujeta a plazos de prescripción. Es recomendable actuar lo antes posible. - ¿Se puede usar contra terceros que no sean el propietario?
Sí, siempre que estén afectando el ejercicio de la servidumbre. - ¿Qué tipo de sentencia se puede obtener?
Una que reconozca el derecho, ordene cesar las interferencias y, si corresponde, indemnice los daños causados.
- Código Civil del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Jurisprudencia civil relevante en materia de derechos reales.
- Doctrina jurídica nacional especializada en servidumbres y acciones reales.
El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.
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