DISEÑOS INDUSTRIALES EN BOLIVIA
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DISEÑOS INDUSTRIALES EN BOLIVIA

Autora: Drina Joselin Brito Cardozo

¿Qué es un diseño industrial?

Diseños industriales en Bolivia
El Reglamento de Procedimiento Interno de Propiedad Industrial establece que se considerará como diseño industrial la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto.
El registro de un diseño industrial conferirá a su titular el derecho a actuar contra cualquier tercero que sin su consentimiento fabrique, importe, ofrezca, introduzca en el comercio o utilice comercialmente productos que integren el diseño industrial. De la misma manera, contra quien produzca o comercialice un producto cuyo diseño sólo presente diferencias secundarias con respecto al diseño protegido o cuya apariencia sea igual a ésta.

¿Quiénes pueden ser titulares de un diseño industrial?

Los titulares del registro podrán ser personas naturales o jurídicas, no obstante, la titularidad será de acuerdo a los siguientes casos: 

  1. Si varias personas hicieran conjuntamente un diseño industrial, el derecho al registro corresponde en común a todas ellas.
  2. Si varias personas hicieran el mismo diseño industrial, independientemente unas de otras, el registro se concederá a aquella o a su causahabiente que primero presente la solicitud correspondiente o que invoque la prioridad de fecha más antigua.

¿Cuáles son los requisitos para que un diseño industrial sea protegido?

El Servicio Nacional de Propiedad Intelectual señala los siguientes requisitos:

  1. Novedad.- Serán registrables diseños industriales que sean nuevos, es decir, si antes de la fecha de la solicitud o de la fecha de prioridad válidamente invocada, se hubiere hecho accesible al público, en cualquier lugar o momento, mediante su descripción, utilización, comercialización o por cualquier otro medio, el diseño no será considerado nuevo. 
  2. Aplicación industrial.- Es susceptible de aplicación industrial cuando el producto puede ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios.

¿Qué tipo de diseños industriales no serán registrables?

  1. Los diseños industriales cuya explotación comercial vaya en contra de la moral o el orden público, por ejemplo: diseño de un juguete que promueve la violencia o el odio hacia ciertos grupos de personas.
  2. Los diseños industriales cuya apariencia estuviese dictada enteramente por consideraciones de orden técnico o por la realización de una función técnica, por ejemplo: Un diseño de una cámara de seguridad, cuya forma y tamaño estarían dictados por la necesidad de capturar imágenes claras y de ángulos amplios…
  3. Los diseños industriales que consistan únicamente en una forma cuya reproducción exacta fuese necesaria para permitir que el producto que incorpora el diseño sea montado mecánicamente o conectado con otro producto del cual forme parte, por ejemplo: Un diseño de una pieza de un motor, como un pistón, cuya forma específica permite que se ajuste correctamente en el cilindro.
  4. El diseño industrial que contenga alguno de los impedimentos determinados en los artículos 135 y 136 de la Decisión 486 del Régimen Común sobre Propiedad Industrial, por ejemplo: Un cubo de basura que es simplemente un recipiente con una tapa y un asa para transportarlo, y su diseño no se diferencia significativamente de otros cubos de basura existentes en el mercado. Por lo tanto, no podría ser registrado como un diseño industrial debido a su falta de distintividad.

¿Cuál es la duración del registro de un diseño industrial?

El registro de un diseño industrial tendrá una duración o vigencia de diez años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud del registro.

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