CAPACIDAD LEGAL DE LOS PADRES Y REPRESENTACIÓN DE MENORES EN BOLIVIA
- Ejemplo didáctico: Si una madre debe firmar un contrato de alquiler en nombre de su hijo menor para el uso de una propiedad heredada, puede hacerlo sin autorización judicial, siempre que no implique una venta o hipoteca del bien.
En ese entendido, los padres pueden actuar como representantes legales de sus hijos menores de edad en actos de administración ordinaria, como la aceptación de herencia o trámites bancarios preliminares, sin necesidad de una declaración judicial de tutela en virtud de la autoridad parental reconocida por el artículo 38.I de la Ley Nº 603 (Código de las Familias), que establece que los hijos menores no emancipados están bajo la autoridad de la madre, del padre o de ambos; y el artículo 46.I de la misma norma, que señala que los padres administran los bienes del hijo y lo representan en actos de la vida civil conforme a su interés superior. Esta representación también está respaldada por el artículo 5 del Código Civil Boliviano, que permite que los actos civiles de los menores sean realizados por sus representantes legales, y por el artículo 36 del Código Procesal Civil, que establece una presunción legal de representación parental sin requerimiento de pruebas adicionales salvo emplazamiento judicial. No obstante, para actos de disposición patrimonial como el retiro de fondos bancarios heredados, sí se requiere autorización judicial expresa, conforme al artículo 47.I de la Ley Nº 603 y al artículo 1040 del Código Civil, que restringen estos actos cuando se actúa bajo beneficio de inventario.
HERENCIA DE MENORES BAJO BENEFICIO DE INVENTARIO EN BOLIVIA
Además, se establece que los herederos forzosos en línea recta, como los hijos, tienen un derecho legítimo sobre la sucesión. Sin embargo, de acuerdo al artículo 1040 del Código Civil, si el heredero actúa bajo beneficio de inventario, no puede disponer de los bienes heredados sin autorización judicial.
LIMITACIONES A LA DISPOSICIÓN DE BIENES DE MENORES EN BOLIVIA

- Ejemplo didáctico: Si una madre desea retirar fondos heredados por su hijo de una cuenta bancaria para costear una intervención médica urgente, debe presentar una solicitud ante un juez, quien valorará la urgencia, necesidad y utilidad del retiro.
LIMITACIONES DE LA ESCRITURA PÚBLICA NOTARIAL EN BIENES DE MENORES EN BOLIVIA
- Ejemplo didáctico: Un banco no puede autorizar el retiro de fondos de una cuenta heredada por un menor con base únicamente en la escritura pública notarial. Necesita una orden judicial adicional.
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Preguntas frecuentes (FAQs)
- ¿Puede un padre retirar dinero heredado por su hijo sin autorización judicial?
No. Requiere una resolución judicial que autorice el retiro por necesidad y utilidad comprobadas. - ¿Es válida una escritura notarial para cobrar una herencia en nombre de un menor?
Es válida para acreditar derechos hereditarios, pero no para disponer de los fondos sin autorización judicial. - ¿Necesita la madre una tutela legal para representar a su hijo menor en trámites hereditarios?
No. La representación de los padres está reconocida por ley, salvo casos de conflicto de intereses. - ¿Cuándo se considera que un menor ha aceptado una herencia?
Cuando sus representantes aceptan la sucesión bajo beneficio de inventario. - ¿Qué sucede si un banco permite un retiro no autorizado de fondos de un menor?
Podría incurrir en responsabilidad legal por vulnerar el régimen de protección patrimonial del menor.
Bibliografía
- Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia. (2005). Código Civil.
- Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia. (2014). Código Procesal Civil, Ley N° 439.
- Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia. (2014). Código de las Familias y del Proceso Familiar, Ley N° 603.
- Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia. (2013). Ley del Notariado Plurinacional, Ley N° 483.
- Decreto Supremo Nº 2189 y Decreto Supremo Nº 5012.
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