PERMANENCIA ILEGAL DE EXTRANJEROS EN BOLIVIA: CONSECUENCIAS LEGALES
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PERMANENCIA ILEGAL DE EXTRANJEROS EN BOLIVIA: CONSECUENCIAS LEGALES

La presencia de una persona extranjera en situación migratoria irregular dentro del territorio nacional no solo implica un incumplimiento formal, sino que puede derivar en sanciones graves como la salida obligatoria y la prohibición de reingreso. Entender este proceso, es clave tanto para quienes se encuentran en esta situación como para quienes asesoran jurídicamente en temas migratorios.

INFRACCIÓN POR PERMANENCIA IRREGULAR EN BOLIVIA

La permanencia de un extranjero en situación irregular se considera una infracción administrativa grave en materia migratoria. Por lo que las autoridades puedes aplicar una sanción de hasta UFV12. (DOCE 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) por día de permanencia irregular o salida obligatoria temporal de tres (3) años. En estos casos el incumplimiento de la normativa migratoria por parte de personas naturales o jurídicas puede ser sancionado incluso sin que medie conducta dolosa, bastando la omisión o negligencia.

CÓMO INICIA EL PROCESO DE SALIDA OBLIGATORIA EN BOLIVIA

La Dirección General de Migración (DIGEMIG) es la autoridad competente que puede ordenar la salida obligatoria de una persona extranjera. Este proceso se activa a través de un procedimiento administrativo y comienza con la emisión de una Resolución Administrativa, debidamente fundamentada, que conmina al extranjero a abandonar el país.

DERECHO A IMPUGNAR UNA SALIDA MIGRATORIA EN BOLIVIA

Una vez emitida la resolución de salida obligatoria, la persona afectada debe ser notificada legalmente. Desde ese momento, tiene un plazo de tres días hábiles para presentar un recurso de revocatoria ante la misma autoridad que emitió la resolución. Este derecho a impugnar permite revisar si se han respetado las garantías del debido proceso.

CANCELACIÓN DE PERMANENCIA LEGAL EN BOLIVIA: CAUSALES

Una causal típica que origina la cancelación de la permanencia legal es el incumplimiento injustificado de una conminatoria previa para regularizar la situación migratoria. Este incumplimiento constituye una infracción grave que puede derivar directamente en la orden de salida obligatoria. También se puede aplicar esta medida en otros casos de infracciones graves o gravísimas, según lo determine la autoridad administrativa competente. 

  • Por ejemplo, si una persona extranjera ha ingresado legalmente al país con una visa de turista, pero permanece en territorio nacional más allá del plazo autorizado sin solicitar una prórroga o cambio de estatus, la Dirección General de Migración puede emitirle una conminatoria para que regularice su situación en un plazo determinado. Si el extranjero, pese a estar debidamente notificado, no realiza ninguna gestión justificable para corregir su situación migratoria dentro del plazo otorgado, incurre en una infracción grave. Esta omisión puede motivar la cancelación de su permanencia legal y la emisión de una resolución administrativa ordenando su salida obligatoria del país.

PLAZO PARA SALIR DE BOLIVIA TRAS SALIDA OBLIGATORIA

Una vez notificada la resolución, el extranjero tiene un plazo máximo de quince días hábiles para salir del país. Este tiempo es otorgado para permitir la coordinación logística y el cumplimiento efectivo de la salida, evitando así una deportación forzada inmediata, salvo casos excepcionales.

QUIÉN DEBE CUBRIR EL TRANSPORTE EN SALIDA MIGRATORIA BOLIVIA

Migracion
Corresponde a los operadores de transporte cubrir el traslado de la persona extranjera hacia su país de origen, al país de última procedencia o a un tercer país que la acepte. Este procedimiento debe realizarse en coordinación con la DIGEMIG, a fin de garantizar que se respeten los estándares legales y de derechos humanos.

PROHIBICIÓN DE REINGRESO A BOLIVIA: CUÁNTO DURA

La salida obligatoria conlleva, además, la imposición de una prohibición de reingreso al territorio nacional. Esta puede ser temporal o definitiva, dependiendo de la gravedad de la causa que motivó la medida. El plazo es determinado mediante acto administrativo específico emitido por la DIGEMIG.

MULTAS POR PERMANENCIA IRREGULAR EN BOLIVIA

En algunos casos, la infracción migratoria puede ser sancionada con multa en lugar de salida obligatoria. Sin embargo, el incumplimiento del pago de estas sanciones pecuniarias puede devenir en una medida de salida obligatoria temporal. Asimismo, existe la posibilidad de condonar dichas multas, decisión que también se formaliza mediante resolución administrativa.

En síntesis, permanecer en territorio nacional sin una situación migratoria regular constituye una infracción administrativa con consecuencias legales severas. La autoridad migratoria puede ordenar la salida obligatoria, imponer multas y prohibir el reingreso, de acuerdo con la gravedad de la infracción y los procedimientos establecidos.

Si después de leer el artículo consideras que requieres asesoramiento jurídico sobre el tema, comunícate con alguno de nuestros abogados especialistas. ¡Estamos a tu servicio!

Preguntas frecuentes (FAQs)

  1. ¿Qué es una infracción administrativa en materia migratoria?
    Es un incumplimiento de las normas migratorias que no constituye delito penal, pero que puede ser sancionado con medidas como multas o salida obligatoria.
  2. ¿Qué plazo tiene un extranjero para abandonar el país tras recibir una orden de salida obligatoria?
    Tiene un plazo de quince días hábiles desde la notificación legal de la resolución.
  3. ¿Puedo impugnar la orden de salida obligatoria?
    Sí. El extranjero puede presentar un recurso de revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación.
  4. ¿Qué consecuencias tiene no pagar una multa migratoria?
    El no pago de multas por infracciones leves o graves puede derivar en una salida obligatoria temporal.
  5. ¿Es posible volver a ingresar al país después de una salida obligatoria?
    Depende. La DIGEMIG determinará si el reingreso será posible y en qué plazo, según la gravedad del caso.

Bibliografía

  • Dirección General de Migración. (s.f.). Normativa migratoria vigente.
  • Constitución Política del Estado Plurinacional.
  • Normas y reglamentos en materia de migración, actualizados a 2025.
  • Tratados internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia en materia de derechos humanos y migración.

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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