BREVE GUÍA PARA INGRESAR A BOLIVIA: REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS
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BREVE GUÍA PARA INGRESAR A BOLIVIA: REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS

Autor: Rocío Plata

¿Estás planeando viajar a Bolivia?, ingresar a un nuevo país puede ser complicado si no se tiene clara la información necesaria para cumplir con los requisitos migratorios locales, sobre todo para garantizar una entrada sin problemas. En este artículo, nuestros abogados expertos en migración te proporcionarán toda la información esencial para ingresar a Bolivia de manera legal y sin contratiempos.

¿Cómo saber si puedo ingresar a Bolivia?

La Ley N° 370 de Migración establece que el ingreso, tránsito, permanencia y salida del territorio boliviano están regulados conforme a la nacionalidad del visitante y los acuerdos internacionales vigentes. En ese sentido, para saber si puedes ingresar a Bolivia, primero debes verificar si tu país de origen tiene algún acuerdo especial con Bolivia que facilite el ingreso. Así, de acuerdo a la Ley en Bolivia, se han establecido 3 grupos:
Bolivia

  • El grupo I puede ingresar sólo con pasaporte vigente e incluso en algunos casos, con su documento nacional de identidad válido y vigente, reconocido por tratados o acuerdos bilaterales (aplicable por ejemplo a países miembros de la CAN y MERCOSUR).
  • Los grupos II y III, adicionalmente deben tramitar una visa, según sea la intención de viaje a Bolivia, variarán los requisitos para su trámite, la revisión de requisitos es más rigurosa en el caso de países del grupo III. Esta visa se tramita en los consulados bolivianos, puestos de control fronterizos, y excepcionalmente en las oficinas departamentales de la Dirección General de Migración – DIGEMIG.

Es fundamental consultar con la embajada o consulado boliviano más cercano o revisar el sitio web oficial de la Dirección General de Migración- DIGEMIG de Bolivia para obtener la información más actualizada y verificar tu elegibilidad.

Mi país está categorizado en los grupos II y III ¿Qué tipos de visa existen y qué necesito presentar?

Según la norma vigente, se han establecido 7 tipos de visa, entre ellas:

VISA RAZÓN DE SU EMISIÓN
Visa de tránsito Otorgada a personas que tienen el propósito de transitar a un 3er país
Visa de cortesía Dirigida a personas extranjeras invitadas por instituciones públicas, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la finalidad de realizar actividades de interés para el Estado Plurinacional de Bolivia
Visa de estudiante Habilita a tramitar la permanencia temporal de estudiante hasta por 3 años, prorrogables por 3 años más hasta culminar sus estudios
Visa Humanitaria Gratuita, otorgada en razón de necesidad de protección internacional bajo el principio de no devolución, víctimas de trata y tráfico u otras modalidades de explotación o ser acompañante de persona enferma que requiere tratamiento médico.
Visa de turismo o visita Otorgada con el propósito de descanso o esparcimiento que no implique el ejercicio de actividad remunerada o lucrativa por cuenta propia o ajena y habilita a tramitar la permanência transitoria por turismo o visita
Los turistas pueden estar hasta 90 días por año como máximo.
Visa de Objeto determinado Otorgada por motivos de trabajo, trabajo transitorio, salud, familia
Visa múltiple Otorgada a personas extranjeras que realizan actividades de inversión y negocios

Ahora bien, para tramitar la visa de ingreso a Bolivia ante la DIGEMIG, necesitas presentar ciertos documentos esenciales, entre ellos:

  • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria, obtenido en las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración;
  •  Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses;
  • Documentación que acredite la finalidad de su permanencia en el territorio boliviano;
  • Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla u otra certificación de salud, si corresponde;
  • Fotografía actual;
  • Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedido por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes policiales internacional emitido por INTERPOL, de acuerdo a normativa vigente. Excepto para la permanencia transitoria por objeto determinado de turismo o visita, tránsito y para las otorgadas en virtud de acuerdos o convenios estatales o privados;
  • Visa consular. Excepto para la permanencia transitoria por objeto determinado de estudio, trabajo, tránsito y para las otorgadas en virtud de acuerdos o convenios estatales o privados;
  • Solvencia económica acreditada mediante declaración jurada respaldada documentalmente. Excepto para la permanencia transitoria por objeto determinado de turismo o visita, tránsito y las otorgadas en virtud de acuerdos o convenios estatales o privados;
  • Constancia de pago del costo del trámite correspondiente. Excepto para las otorgadas en virtud de acuerdos o convenios estatales.

¿Qué pasa si no registro mi entrada a Bolivia?

No registrar tu entrada a Bolivia puede tener serias consecuencias legales. Todos los viajeros deben registrar su entrada en los puntos de control fronterizo al llegar al país. No hacerlo puede resultar en multas, problemas legales, e incluso la salida obligatoria del país. Si por alguna razón no registraste tu entrada, es fundamental regularizar tu situación lo antes posible acudiendo a la oficina de migración más cercana.

Viajar a Bolivia requiere cumplir con ciertos requisitos y procedimientos migratorios. Asegúrate de tener toda la documentación en regla y de conocer la normativa vigente.

Esperamos que esta guía te haya proporcionado los aspectos más importantes para planificar tu viaje sin contratiempos.

Si tienes dudas o necesitas asistencia personalizada para tu viaje a Bolivia, no dudes en contactarnos. Nuestros abogados expertos en migración están aquí para ayudarte. Ponte en contacto con nosotros para una consulta personalizada.

Si tienes dudas o necesitas asistencia personalizada para tu viaje a Bolivia, no dudes en contactarnos. Nuestros abogados expertos en migración están aquí para ayudarte. Ponte en contacto con nosotros para una consulta personalizada.

El contenido de este artículo no refleja la opinión técnica de Rigoberto Paredes y Asociados y no debe considerarse como asesoramiento legal sustituto. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación y puede estar desactualizada al momento de su lectura. Rigoberto Paredes y Asociados no asume responsabilidad por mantener actualizada la información de este artículo, ya que la normativa legal puede cambiar con el tiempo.

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