En tanto, en el presente artículo se analiza todo lo referido al régimen de protección laboral de la mujer embarazada.
LA PROTECCIÓN DE LA TRABAJADORA EMBARAZADA DESDE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
La Sentencia Constitucional 0407/2013, con relación al artículo 48 de la CPE ha realizado una interpretación extensiva de esa forma, ha referido que el núcleo esencial del derecho reconocido como fundamental a la mujer embarazada y en el estado de postparto con relación a su trabajo, consiste, por una parte, en la protección de la fuente de trabajo a través del reconocimiento de la inamovilidad funcionaria, y por otra, en el tratamiento que se le dé a esta permitiéndole que desarrolle sus actividades en condiciones adecuadas.
Sintetizando la idea referida se infiere que en caso de inamovilidad laboral el empleador no podrá determinar, por causa alguna, un despido o ruptura de la relación laboral de forma injustificada. Con relación al tratamiento de la mujer embarazada, el empleador no podrá imponer medidas que afecten las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada, ya sea por causa de reducción de sus haberes o manteniendo o agravando las tareas que regularmente desempeñe la empleada o funcionaria.
Un ejemplo de lo referido es el siguiente:
Juan empleador de la empresa de cosméticos VEL, despidió a Adela de forma intempestiva al enterarse de que esta se encontraba en periodo de gestación. No obstante, la norma prevé un régimen de protección especial para Adela, por lo que ella puede solicitar su reincorporación a su fuente laboral.
LA APLICACIÓN DIRECTA DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL CUANDO SE ESTÁ FRENTE AL DESPIDO DE UNA TRABAJADORA EMBARAZADA
LOS CONTRATOS A PLAZO FIJO Y LA INAMOVILIDAD LABORAL DE UNA MUJER EMBARAZADA
LA INAMOVILIDAD DEL PUESTO DE TRABAJO DE LA MUJER EMBARAZADA
Si después de leer la información anterior consideras que requieres asesoramiento jurídico en relación al despido de una mujer embarazada, comunícate con alguno de nuestros abogados especialistas. ¡Estamos a tu servicio!
- Reincorporación Laboral vs. Pago de Beneficios Sociales: Opciones que tiene el Trabajador cuando culmina la relación laboral
- REBAJA SALARIAL: ¿QUÉ ES UN DESPIDO INDIRECTO?
- VISADO O REFRENDO DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO: ASPECTOS LEGALES QUE TODO EMPLEADOR DEBE TOMAR EN CUENTA
- DESPIDO A FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN BOLIVIA
- DESPIDO DEL TRABAJADOR CUYA MUJER ESTÁ EMBARAZADA