LA COMPENSACIÓN EN BOLIVIA
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LA COMPENSACIÓN EN BOLIVIA

Autora: Drina Joselin Brito Cardozo

¿Qué es la compensación?

La compensación en Bolivia
Jorge Llambías en su libro “Manual de Derecho Civil Obligaciones” conceptualiza que la compensación es un mecanismo legal que tiene como objetivo neutralizar dos obligaciones recíprocas, cuando dos personas tienen la calidad de acreedor y deudor recíprocamente, independientemente de las causas de cada una de las deudas.
Al respecto, los requisitos para que la compensación sea válida son: 

  1. Dos deudas que tienen por objeto una suma de dinero o una cantidad determinada de cosas fungibles del mismo género: Significa que debe ser bienes intercambiables por otros de la misma especie, calidad y cantidad.
  2. Que sean igualmente líquidas y exigibles, es decir, que ambas deudas son fácilmente convertibles en dinero  y que ambas partes tengan el derecho legal de exigir el pago de las mismas.

¿Cómo funciona la compensación?

La compensación entre dos deudas se produce en el momento en que ambas deudas coexisten, es decir, cuando ambas partes tienen una deuda pendiente la una con la otra. En ese momento, se puede realizar la compensación.

Si ambas deudas son iguales, la operación de compensación se realizará por el importe completo de las deudas, es decir, se cancelarán completamente ambas deudas. Por ejemplo: Ana le debe a Carla 500 dólares por un préstamo, mientras que Carla le debe a Ana 500 dólares por un servicio que realizó. En este caso, ambas deudas son iguales en cuanto al monto, entonces se puede proceder a una operación de compensación que permita cancelar completamente ambas deudas.

Si las deudas no son iguales, entonces la operación de compensación se realizará en la menor de las dos deudas. Por ejemplo; Daniela le debe a Bruno 1.000 dólares por un préstamo, mientras que Bruno le debe a Daniela 800 dólares por un servicio que realizó. En este caso, se podría proceder a una operación de compensación por el valor de la deuda menor, es decir, por 800 dólares, quedando una deuda restante de 200 dólares.

Asimismo, es importante tener en cuenta que el juez no puede reconocer la operación de compensación de oficio, es decir, que no puede intervenir si las partes no han solicitado expresamente la compensación.

¿Cuáles son los tipos de compensación que hay?

El Código Civil boliviano establece tres tipos de compensación: 

1. Compensación voluntaria

Este tipo de compensación se da cuando las partes involucradas pueden decidir mutuamente realizar la compensación voluntaria, incluso si la compensación que deciden realizar no cumplen con las condiciones o requisitos establecidos por el Código Civil. Por ejemplo:

  • Jaime debe 800 dólares a Pedro por un préstamo que le pidió para comprar un coche, pero al mismo tiempo, Pedro le debe 20 quintales de arroz a Jaime. En este caso, ambas partes están de acuerdo de optar por la compensación, aun así la deuda de Pedro no es líquida y exigible.

2. Compensación legal

La compensación entre deudas opera desde el momento en que ambas deudas existen al mismo tiempo, si ambas deudas tienen el mismo importe, la compensación se realiza en ese importe, por otro lado, si los importes de las deudas son diferentes, la compensación se realiza en el importe de la deuda menor. Es importante destacar que un juez no puede reconocer la compensación de forma automática. Por ejemplo: 

  • Ana realiza un préstamo de 1.000 dólares a Belén, después de dos meses Belén presta 800 dólares a Ana. En este caso las deudas al ser diferentes, da como consecuencia que la compensación se realizará en el importe de la deuda más pequeña, es decir, 800 dólares, por lo que, Belén debe a Ana 200 dólares.

3. Compensación judicial

Si se opone en compensación una deuda que no es líquida, pero es fácil y rápidamente liquidable, el juez puede reconocer la compensación para la parte de la deuda que considera existente y puede retener la decisión sobre el crédito líquido hasta que se compruebe la liquidez de la deuda presentada en compensación. En otras palabras, el juez puede permitir la compensación parcialmente y esperar a verificar la liquidez antes de tomar una decisión sobre el crédito líquido. Por ejemplo: 

  • Miguel adeuda a Julián 10.000 Bs. por un préstamo que recibió hace un año. Sin embargo, Julián también debe a Miguel 8.000 Bs. por una deuda pendiente desde hace 6 meses. Es por eso que Miguel decide solicitar una compensación judicial para liberarse de su deuda con Julián, por lo que, presenta una demanda ante la autoridad civil y argumenta que existe una deuda líquida y exigible a su favor por parte de Julián.
    El juez revisa ambos casos y determina que efectivamente existe una deuda líquida y exigible a favor de Miguel por parte de Julián. Por lo tanto, declara por compensada la deuda de Miguel con Julián y ordena que la deuda líquida pendiente de 2.000 Bs. sea pagada por Julián a Miguel.

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